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AFIP modificó el monto mínimo para que los bancos informen movimientos

La normativa será publicada mañana en el Boletín Oficial
Shutterstock

Cada consumo con tarjeta, depósito a plazo fijo, saldos de la cuenta bancaria, acreditaciones y extracciones mensuales de dinero, son informados automáticamente por los bancos a la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), siempre y cuando la transacción supere un monto mínimo. A partir de ahora, y tras haber permanecido desactualizada esa cifra desde 2018, la agencia tributaria decidió triplicar el piso.

Según pudo saber LA NACION, la normativa de la autoridad tributaria será publicada mañana jueves en el Boletín Oficial, a través de la Resolución General 5138/2022. Así, el monto mínimo a partir del cual las entidades deberán reportar los consumos con tarjeta de crédito pasarán de $10.000 a $30.000, mientras que la cifra mínima para informar las acreditaciones y extracciones mensuales, saldos de las cuentas y los depósitos a plazo fijo treparán de los $30.000 actuales a $90.000.

A su vez, la normativa introducirá modificaciones respecto con la información que reportan los bancos sobre los movimientos de las cuentas especiales creadas para la repatriación de activos en el exterior vinculadas al aporte solidario y extraordinario, conocido popularmente como el impuesto a las grandes fortunas. También en aquellas cuentas previstas por el Programa de Normalización de la Ley de Incentivo a la Construcción Federal Argentina y Acceso a la Vivienda.

La medida tendrá un doble objetivo. Por un lado, agilizar la operatoria de los bancos. Por el otro, que a la entidad que conduce Mercedes Marcó del Pont le permita optimizar la información que recibe de forma automática y permanente.