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ANSES: requisitos para tramitar la Asignación por Embarazo para protección social

La Asignación de Embarazo para Protección Social se materializa con el pago mensual de una suma de dinero desde la semana 12 de gestación hasta el nacimiento o interrupción del mismo por cualquier causa.

La Asignación de Embarazo para Protección Social es un beneficio de la asistencia social y, como la mayoría de estas ayudas pecuniarias, quienes la soliciten deberán estar inscriptos en el organismo mediante la generación de la clave de acceso a "Mi Anses".

A su vez, es recomendable mantener actualizados los datos personales y familiares para evitar inconvenientes al momento del cobro.

Además, para poder percibir la Asignación de Embarazo para Protección Social, la madre gestante o el padre, deberán inscribirse en el "Programa Sumar", también coordinado por Anses.

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¿Quiénes pueden cobrar la Asignación por Embarazo para Protección Social y cómo es el trámite?

Pueden percibir la Asignación de Embarazo para Protección Social aquellas mujeres que posean la nacionalidad o residencia argentina y DNI (Documento Nacional de Identidad).

Para el supuesto de mujeres extranjeras o naturalizadas, deberán contar con una residencia de 3 años y DNI.

Es obligatoria la inscripción en el "Programa Sumar", requisito que no se les exigirá a las trabajadoras del servicio doméstico, monotributistas sociales y quienes conserven la cobertura de la obra social por el período de tres meses posteriores a la finalización de una relación laboral.

También pueden percibir la Asignación de Embarazo para Protección Social:

Mujeres actualmente desempleadas.Trabajadoras informales (en estos casos las mujeres deberán contar con ingresos iguales o inferiores al salario mínimo, vital y móvil)Quienes estén inscriptas en el Monotributo Social.Trabajadoras del servicio doméstico, las cuales deben estar formalizadas y debidamente inscriptas en Anses.Personas inscritas en alguno de los programas "Hacemos Futuro" ("Argentina Trabaja" y "Ellas Hacen"), "Manos a la Obra", o alguno de los programas que otorga el Ministerio de Trabajo de la NaciónY, finalmente, toda mujer que no reúna los requisitos pero se encuentre unida en matrimonio o unión convivencial con quien sí pueda gestionarlo.

Para el trámite del cobro se podrá asistir de manera presencial a la UDAI (Unidades de Atención Integral) o de manera virtual ingresando a la página oficial de Anses. Debe presentarse el DNI junto con la siguiente documentación:

Certificado de Matrimonio o Unión Convivencial.Formulario PS.2.67 "Solicitud de Asignación por Embarazo Protección Social".

El formulario debe llevar la firma de la mujer embarazada y la del médico tratante. Esto último puede reemplazarse por un certificado de embarazo expedido y firmado por el médico o licenciado en obstetricia.

En este caso deberá contener el número de matrícula y un sello donde conste el nombre, apellido, número de documento, semanas o meses de gestación, fecha probable del parto y de emisión del certificado.

¿Cuál es el monto y dónde se cobra?

La suma de dinero mensual que paga Anses en concepto de asignación de embarazo para protección social es actualizada periódicamente conforme disposiciones del organismo donde se tienen en cuenta variables como la inflación y demás circunstancias socioeconómicas.

Por lo tanto, se recomienda revisar el sitio oficial de Anses al momento de solicitar el cobro para una información 100% actualizada.

Se puede percibir en efectivo o mediante la cuenta bancaria abierta si se está cobrando algún otro beneficio de la seguridad social.

Además, si se quieren proporcionar los datos de una cuenta del beneficiario, los pasos a seguir serán completar el formulario PS. 2.72- "Reclamo/medio de Pago y Apoderado- Cobertura Universal de Niñez y Adolescencia", en los rubros 1 y 3.

Si se opta por CBU (Clave Bancaria Uniforme), se deberá adjuntar certificación bancaria, home banking, cajero automático o resumen bancario de donde surjan los datos del titular de la cuenta.

¿Cómo cobrar el 20% de la Asignación por Embarazo para la Protección Social?

Una vez aprobada la Asignación por Embarazo para la Protección Social, se abona el 80% de la misma en forma mensual. El restante 20% se abona al momento del nacimiento del hijo o interrupción del embarazo.

Para poder percibir el 20% de la asignación de embarazo para protección social se debe completar el Formulario PS. 2.67- "Solicitud Por Embarazo Protección Social", rubros 1 y 3.

Si se interrumpe el embarazo o el niño muere una vez producido el nacimiento, se debe presentar el certificado de defunción expedido por el Registro Nacional o Provincial de las Personas.

Este puede obtenerse en soporte papel o digital ingresando a la página oficial del registro que corresponda a la jurisdicción donde se produjo el deceso.

El trámite para el cobro de la Asignación por Embarazo para la Protección Social puede realizarse de manera presencial obteniendo turno previo o de forma virtual ingresando a la página oficial de Anses.