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Los becarios, una pieza esencial del nuevo acuerdo de pensiones

Así lo ha anunciado el Gobierno esta semana: los becarios tendrán que ser dados de alta en la Seguridad Social por las empresas que les acojan. A partir de ahora, deberán pagar sus cotizaciones, tanto si su trabajo está remunerado como si no.

El Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones ya aprobó una norma que obligaba a darles de alta en el sistema en 2018, pero no llegó a establecer el reglamento para ponerlo en marcha. Ahora, José Luis Escrivá ha fijado un plazo máximo de tres meses para desarrollar esta normativa y garantizar que las personas que realicen prácticas estén incluidas en la Seguridad Social. Si el primer paquete de medidas se aprueba este mes, los becarios empezarían ya en septiembre a cotizar.

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Young people with face masks back at work in office after coronavirus quarantine and lockdown.
Si el primer paquete de medidas se aprueba este mes, los becarios empezarían ya en septiembre a cotizar. Getty Creative. (Halfpoint via Getty Images)

Se trata, por tanto, de una medida destinada a la protección más básica para la figura del becario, que obligará a partir de ahora a empresas y a centros educativos a hacerse cargo de esta obligación en materia de Seguridad Social.

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Este es solo un apartado del nuevo acuerdo: el borrador incluye muchas medidas más, como los cambios en los procesos de revalorización, la jubilación anticipada, activa o forzosa, así como una revisión futura de las pensiones de viudedad. Pero está claro que los becarios son una pieza clave, puesto que al fin y al cabo serán los que mantendrán el sistema.

Los derechos del becario, unos grandes 'desconocidos'

En 2011 se estableció que los becarios debían cotizar en la Seguridad Social, pero solo aquellos que estuvieran recibiendo alguna compensación económica a cambio, aunque simplemente fuesen dietas o ayudas al desplazamiento. Por desgracia, las prácticas no remuneradas abundan en el mercado laboral español. En la mayoría de los casos, los trabajadores en prácticas no reciben remuneración alguna por su trabajo.

Hasta ahora, las prácticas extracurriculares se regían por un régimen especial de la Seguridad Social, donde los estudiantes no cotizaban por la prestación de desempleo, pero si tenían derecho a recibir asistencia sanitaria y prestación por jubilación. Aun así, es muy habitual que los becarios no estén dados de alta o que ni si quiera haya ninguna relación laboral ente la empresa y ellos.

Pero los becarios tienen derechos y obligaciones. No pueden desarrollar actividades laborales propias de un trabajador contratado, puesto que todavía se están formando. Tienen también el derecho de conocer las normas relativas a la prevención de riesgos laborales de la empresa y de contar con un horario flexible que les permita asistir a sus actividades académicas. Deben disponer de un contrato donde figuren las horas de trabajo, sus labores y la duración del contrato.

Ante todo, las empresas deben ser transparentes y garantizar las mejores condiciones laborales posibles para sus estudiantes en prácticas. Que las entidades no cumplan con sus obligaciones solo contribuye a aumentar el descontento de los estudiantes, pudiendo provocar, a largo plazo, la emigración del talento español hacia otros países con situaciones mejores.

Contar con un trabajador en prácticas es muy positivo para la empresa y para el estudiante, puesto que muchas veces supone su primer contacto con el mundo laboral. Sin embargo, es esencial que los derechos de los becarios sean conocidos y respetados por las compañías. Está por ver si este nuevo acuerdo producirá un cambio real, pero si es así podría suponer un gran paso para regularizar la situación de estos empleados y mejorar la calidad del mercado de prácticas en España.

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