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Compras con tarjeta de débito: de cuánto es el reintegro de AFIP y a quiénes alcanza este beneficio

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) duplicó el monto de reintegro del 15% para las compras realizadas con tarjeta de débito y extendió el beneficio hasta el 31 de diciembre de 2023.

La medida alcanza a jubilados, pensionados que perciban el haber mínimo y a los titulares de la AUH y la Asignación Universal por Embarazo (AUE).

Cuál es el tope mensual de reintegro

A través de la Resolución General 5360, publicada este martes en el Boletín Oficial, el organismo conducido por Carlos Castagneto elevó el monto a un tope mensual de $4.056 pesos por beneficiario y de $8.114 para aquellos que perciban dos o más beneficios.

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Los reintegros se acreditan en forma automática cuando los jubilados, pensionados y titulares de la AUH realizan compras en comercios con la tarjeta de débito donde perciben sus prestaciones. El beneficio también está previsto para las operaciones abonadas con esas tarjetas bajo la modalidad de Pago Electrónico Inmediato (PEI) o códigos de respuesta rápida (QR).

Qué compras se incluyen en el reintegro de AFIP

El régimen abarca aquellos productos que se comercialicen en negocios dedicados a la venta al por menor y mayor como mini, súper e hipermercados, sumado a los que realicen venta de productos alimenticios únicamente que se encuentren inscriptos ante la AFIP.

También están alcanzados los kioscos, las verdulerías, carnicerías y pescaderías, siempre y cuando el beneficiario abone con tarjeta de débito.

AFIP duplicó el monto de reintegro del 15% para las compras realizadas con tarjeta de débito

Según consta en el sitio oficial de AFIP, además, aplica a las compras que se efectúen con tarjetas de débito en farmacias y en comercios dedicados a la venta minorista o mayorista que facturen a consumidores finales.

Quiénes pueden acceder a este beneficio

Podrán acceder al beneficio las personas que:

  • Cobren la jubilación mínima.

  • Perciban una pensión mínima por fallecimiento.

  • Sean beneficiarios de una pensión no contributiva nacional mínima (invalidez, vejez, madre de 7 o más hijos, etc.).

  • Sean titulares de la asignación universal por hijo (AUH).

  • Sean titulares de la asignación universal por embarazo (AUE).