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Más cubanos quedan exentos de la visa de tránsito en este país de Centroamérica

Pasaporte cubano.

El gobierno de Panamá continuará exigiendo visa de tránsito a viajeros cubanos por al menos los próximos tres meses, pero a partir de ahora habrá más excepciones.

Las personas que tengan un contrato de trabajo en el país al que se dirigen no tendrán que presentar el permiso al hacer escala en el país centroamericano, de acuerdo al nuevo Decreto Ejecutivo No. 30 publicado en la Gaceta Oficial de la República de Panamá.

Los ciudadanos cubanos que residan en otro país ahora tampoco tendrán que presentar pruebas de que han vivido fuera de la isla por más de cinco años, si vuelan de regreso al país donde residen.

La visa de tránsito permite a los cubanos permanecer en cualquier aeropuerto panameño por hasta 24 horas antes de abordar el vuelo a su destino final.

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El documento debe ser solicitado al menos 30 días hábiles antes de la fecha de su viaje.

A finales del año pasado, la embajada de Panamá en Cuba notificó que los tiempos de procesamiento para este trámite se podrían demorar.

Sin embargo, el mes pasado los tiempos de procesamiento parecieron ser más ágiles. Según una cibernauta, su solicitud demoró tan solo dos semanas en ser procesada.

Esta es la tercera ocasión en que la medida ha sido prorrogada en respuesta al incremento de viajeros cubanos que salen de Cuba y no consiguen permiso para ingresar a su destino final.

¿Cómo solicitar la visa de tránsito para Panamá?

El trámite, que tiene un costo de $50 dólares, se debe gestionar en la embajada de Panamá ubicada en La Habana en horario de 9 a.m. a 11 a.m.

A continuación, una lista de los documentos necesarios para presentar la solicitud:

Completar el formulario de la Solicitud de Visa de Tránsito que puede conseguir en línea.

Dos fotografías suyas tamaño carné.

Una fotocopia de su pasaporte. El documento debe tener al menos seis meses de vigencia.

Pasaje aéreo con la información del vuelo que abordará luego de su escala.

Fotocopia de su documento de identidad del país donde reside.

Recibo de pago por el servicio consular.

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