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El Supremo paraliza la aplicación de la sentencia que obligaba a los bancos a pagar los impuestos de las hipotecas

El Tribunal Supremo ha anunciado que revisará su fallo en el que aseguraba que eran las entidades financieras las que debían hacerse cargo del pago de los impuestos de la constitución de una hipoteca y no los clientes. Un cambio de criterio importante para el mercado crediticio y los bancos ya que se trata de uno de los principales gastos a la hora de firmar este tipo de préstamos.

En un comunicado, el presidente de la Sala Tercera del alto tribunal, que se encarga del ámbito de lo Contencioso-Administrativo, dijo que el Pleno de la Sala tendrá que “decidir si dicho giro jurisprudencial debe ser o no confirmado”, por lo que su aplicación, por el momento, queda paralizada.

En el comunicado, el presidente de esta sala, Luis María Díez-Picazo, deja en suspenso los procesos relativos a este asunto, justificando estas medidas de carácter urgente por la “enorme repercusión econonómica y social” que supone el “giro radical” del criterio jurisprudencial.

Fachada del Tribunal Supremo. EFE/Archivo
Fachada del Tribunal Supremo. EFE/Archivo

Impacto en las acciones de los bancos

El jueves, el Tribunal Supremo determinó en una sentencia de la Sección Segunda de la misma Sala que deben ser los bancos, y no los clientes, los que deben abonar los impuestos sobre actos jurídicos documentados por la constitución de hipotecas, asestando un nuevo golpe a las entidades españolas ante la posibilidad de un aluvión de reclamaciones.

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La decisión del alto tribunal, que podría tener un impacto de forma importante en las cuentas de las entidades, provocó fuertes caídas en las acciones de los bancos españoles desde que se hizo pública. En concreto, perdieron más de 5.500 millones de euros de su valor bursátil.

Tras este nuevo giro de los acontecimientos, las acciones de los bancos, que caían por la mañana, rebotaban en general en bolsa, con alzas del 2,4 por ciento en Caixabank (CABK.MC) y del 2,2 por ciento en Bankia (BKIA.MC).

Si bien aún se desconoce si la sentencia se aplicará finalmente y, en caso de hacerse, si será con carácter totalmente retroactivo desde la entrada en vigor del real decreto que implantaba los actos jurídicos documentados, en 1995, las nuevas reglas hipotecarias podrían suponer un gran impacto para los bancos, que sólo entre julio de 2014 y el mismo mes de este año participaron en cerca de 1,5 millones de préstamos hipotecarios para la compra de todo tipo de fincas.

El importe de estas operaciones rondó los 190.000 millones de euros, de manera que dado que el gravamen supone entre el 0,5 % y el 1,5 % del total concedido, las entidades financieras podrían tener que desembolsar alrededor de 1.900 millones de euros.

Aunque el impuesto también se aplica a las viviendas adquiridas por compraventa, la sentencia del Tribunal Supremo únicamente hace alusión a los actos jurídicos documentados vinculados a créditos hipotecarios.

¿Y ahora qué?

Según han informado fuentes jurídicas a EFE, la paralización no implica la suspensión de la reciente doctrina, que continuará siendo la vigente hasta que el pleno, compuesto por 31 jueces, se reúna.

De dicho encuentro, previsto para los próximos días, dependerá la futura resolución del resto de recursos de casación.

En su reciente sentencia, los magistrados de la sala de lo Contencioso-Administrativo acordaban atribuir el pago del gravamen a los bancos y no al cliente, ya que son los interesados en disponer de la acción ejecutiva y privilegiada que deriva de la hipoteca.

De este modo modificaba su jurisprudencia anterior, según la cual era el usuario o consumidor quien debía hacer frente a este impuesto, que para una hipoteca media de 150.000 euros conllevaría un importe próximo a 1.500 euros.

Sin embargo, el cambio no dispuso de la unanimidad de la sala al contar con el voto particular del magistrado Dimitry Berberoff.

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Artículo elaborado con información de EFE y Reuters.