Anuncios
U.S. markets closed
  • S&P 500

    5,011.12
    -11.09 (-0.22%)
     
  • Dow Jones

    37,775.38
    +22.07 (+0.06%)
     
  • Nasdaq

    15,601.50
    -81.87 (-0.52%)
     
  • Russell 2000

    1,942.96
    -4.99 (-0.26%)
     
  • Petróleo

    82.52
    -0.21 (-0.25%)
     
  • Oro

    2,394.00
    -4.00 (-0.17%)
     
  • Plata

    28.28
    -0.10 (-0.35%)
     
  • dólar/euro

    1.0644
    -0.0002 (-0.02%)
     
  • Bono a 10 años

    4.6470
    +0.0620 (+1.35%)
     
  • dólar/libra

    1.2433
    -0.0006 (-0.04%)
     
  • yen/dólar

    154.6080
    +0.0080 (+0.01%)
     
  • Bitcoin USD

    63,621.10
    +2,168.24 (+3.53%)
     
  • CMC Crypto 200

    1,310.86
    +425.32 (+48.03%)
     
  • FTSE 100

    7,877.05
    +29.06 (+0.37%)
     
  • Nikkei 225

    38,079.70
    +117.90 (+0.31%)
     

Elecciones 2023: ¿el fallo de la Corte contra Uñac pone en jaque a Insfrán en Formosa?

Al inhabilitar al gobernador de San Juan, Sergio Uñac, para buscar una nueva reelección, la Corte Suprema de Justicia expuso una fuerte argumentación a favor de "desalentar la posibilidad de perpetuación en el poder" que mostró puntos de contacto con la impugnación de la oposición de Formosa contra el intento de Gildo Insfrán ir por un octavo período de gobierno, la cual está pendiente de resolución.

En el fallo sobre San Juan, los jueces del máximo tribunal Horacio Rosatti, Juan Carlos Maqueda y Carlos Rosenkrantz recordaron sentencias previas en casos similares, en particular la que le impidió a Alberto Weretilneck ir por la reelección en Río Negro como gobernador tras haber sido vicegobernador en un período anterior. Similar a la situación de Uñac.

La Corte sostuvo que su decisión sobre San Juan, al igual que en el caso Río Negro, es una "solución que, además de despejar suspicacias propias de la materia electoral, respeta la pauta republicana ‘de desalentar la posibilidad de perpetuación en el poder, al darle sentido a la noción de periodicidad de los mandatos’".

Al mismo tiempo, remarcó que "la vigencia del sistema republicano consagrado en los artículos 1° y 5° de la Constitución Nacional presupone de manera primordial la periodicidad y renovación de las autoridades".

Elecciones: cuál es el argumento de la Corte que complica a Insfrán

El argumento sobre la "pauta republicana" de la Constitución Nacional se repitió varias veces a lo largo del fallo, en el que los jueces también sugirieron varias veces la necesidad de que la legislación de las provincias se adapte a ese principio de la carta magna. Esto es lo que enciende una alerta para la situación de Insfrán.

PUBLICIDAD

Y es que el diputado y candidato a gobernador de Formosa por Juntos por el Cambio Fernando Carbajal sostuvo en la impugnación que presentó contra la candidatura del inoxidable gobernador peronista que la Constitución provincial tiene una "ambigüedad" que permite la reelección indefinida de Insfrán en "clara contraposición al espíritu de la Constitución Nacional".

La Corte inhabilitó a Uñac con argumentos que se tocan con la impugnación que pesa sobre Insfrán

Hay allí un punto de contacto con los argumentos que presentó la Corte Suprema para inhabilitar a Uñac. Insfrán gobierna Formosa desde 1995 gracias a una interpretación de la Constitución provincial que habilitó las reelecciones sin un límite algo que, si se observa el fallo sobre San Juan, la Corte pone ahora bajo la lupa.

Al objetar la postura de Uñac, que defendió su interpretación de la Constitución provincial, la Corte Suprema sostuvo que "se encuentra en franca contraposición con la pauta republicana consagrada en el artículo 5° de la Constitución Nacional" porque "significaría que Uñac podría desempeñarse como gobernador y vicegobernador de manera consecutiva e indefinida".

"Así, una persona podría ejercer el mismo cargo durante uno, dos o tres mandatos consecutivos e inmediatamente después desempeñar el otro cargo del binomio también por uno, dos, o tres mandatos consecutivos, repitiendo el ciclo de manera indefinida", agregó el tribunal, en otro dardo a las reelecciones sin plazo.

Entre un dictamen a favor y una decisión judicial de impacto político

En el mismo sentido, el máximo tribunal recordó que en el fallo sobre Río Negro ya había expresado que "la historia política de la Argentina es trágicamente pródiga en experimentos institucionales que (...) intentaron forzar -en algunos casos hasta hacer los desaparecer- los principios republicanos que establece nuestra Constitución".

Y agregó que "ese pasado debería desalentar ensayos que, como el aquí examinado, persiguen el único objetivo de otorgar cuatro años más en el ejercicio de la máxima magistratura provincial" a quien ya lleva más de un período. Otro mensaje a Insfrán.

El gobernador de Formosa tiene a favor que, frente a la impugnación en su contra que pidió suspender las elecciones convocadas para el 25 de junio como se hizo en mayo en San Juan y Tucumán, la Corte le pidió opinión al procurador General de la Nación, Eduardo Casal, quien dictaminó que el máximo tribunal no debe intervenir en el caso.

Con los casos de San Juan y de Tucumán, la Corte abrió un escenario de incertidumbre para los proyectos reeleccionistas

Sin embargo, el dictamen no es vinculante y la Corte tiene potestad para tomar igualmente la presentación realizada por la oposición formoseña y emitir una decisión sobre la candidatura de Insfrán a la reelección.

El caso tiene, además, un condimento político de alcance nacional: Insfrán fue elegido días atrás por el Congreso del PJ como el único encargado de firmar la autorización para las alianzas electorales del partido de cara a las elecciones presidenciales.

En ese contexto, un fallo contrario a su reelección será leído por el peronismo en la misma clave que suelen expresar tanto el presidente Alberto Fernández como la vicepresidenta Cristina Kirchner: que la Corte Suprema juega políticamente en contra de ese espacio político y a favor de Juntos por el Cambio.