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Esta embajada en La Habana otorga visas de tránsito a cubanos, pero el tiempo de espera es largo

Pasaporte cubano.

La embajada de Panamá en Cuba notificó que el tiempo de espera para recibir una respuesta a la solicitud de visa de tránsito podría tomar hasta un mes, sin incluir fines de semana o días feriados.

La sede diplomática advirtió que las personas que hayan sometido su petición deberán esperar a ver su código publicado en las redes sociales oficiales antes de visitar la oficina consular ubicada en La Habana.

“No se admiten consultas sobre el estado de su proceso antes del tiempo estipulado de 30 días hábiles que puede durar el proceso”, lee una publicación compartida en Facebook.

Según la ley de Panamá, el gobierno se reserva el derecho de cancelar la visa de cualquier persona que atente “contra el orden público, la moral y la salud publica” así como aquellos que presenten “declaraciones falsas y/o documentación fraudulenta o alterada”.

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En el pasado mes de marzo, el gobierno panameño comenzó a exigir visa de tránsito a los ciudadanos de Cuba debido a un aumento migratorio.

A través del decreto ejecutivo, el gobierno centroamericano busca “garantizar la sostenibilidad de la medida adoptada para controlar el flujo migratorio irregular” de los cubanos que transitan por Panamá antes de llegar a su destino final.

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Los ciudadanos cubanos que planifiquen hacer una escala en ese país, deberán gestionar el documento en la embajada de Panamá ubicada en La Habana en horario de 9 a.m. a 11 a.m. por un costo de $50 dólares.

El visado tiene una vigencia de 24 horas, tiempo máximo que puede permanecer en el aeropuerto a la espera de su próximo vuelo, por lo que deberá solicitarlo cerca de su fecha de viaje.

A continuación, una lista de los requisitos para presentar la solicitud:

Descargar y llenar el formulario de la Solicitud de Visa de Tránsito.

Dos fotos tamaño carné.

Fotocopia del pasaporte. Este debe tener, como mínimo, seis meses de vigencia.

Boleto aéreo con itinerario de continuación de viaje.

Copia del documento de identidad del país de residencia.

Comprobante de pago de los derechos consulares.

Según estipula el decreto, los cubanos están exceptuados de presentar una visa de tránsito si cumplen ciertos requisitos.

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