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Empresas no pueden negar permiso a sus empleados para ir a vacunarse contra COVID ni descontarles horas

Empresas no pueden negar permiso a sus empleados para ir a vacunarse contra COVID ni descontarles horas
Empresas no pueden negar permiso a sus empleados para ir a vacunarse contra COVID ni descontarles horas

Las empresas no pueden negarle a sus empleados el permiso para salir cuando les toque ir a vacunarse contra COVID-19. Tampoco podrán descontarles las horas que se ausenten por esta causa ni podrán obligarlos a reponerlas.

La Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) explicó, en una tarjeta informativa enviada a este portal, ahora que por edad ya le tocará vacuna a un mayor número de personas económicamente activas, que las empresas e instituciones no podrán legalmente negar el acceso programado al esquema de vacunación, puesto que la salud de los trabajadores es un asunto de interés público.

Lo que dice la ley

El Artículo 408 de la Ley General de Salud señala que las autoridades sanitarias competentes ordenarán la vacunación de personas expuestas a contraer enfermedades transmisibles, en casos como el de una epidemia grave, como la de COVID-19.

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En línea con lo anterior, el Artículo 132 de la Ley Federal del Trabajo, dispone que los patrones están obligados a cumplir con las disposiciones que en caso de emergencia sanitaria fije la autoridad competente, así como a proporcionar a sus trabajadores los elementos que señale dicha autoridad, para prevenir enfermedades en caso de declaratoria de contingencia sanitaria. Una de esas disposiciones es justo la vacunación.

“Si los patrones no dejan a los trabajadores ir a vacunarse están incumpliendo normas de seguridad e higiene y no solo eso, les están negando un derecho del artículo cuarto constitucional que es el derecho a la salud “, explica Enrique Larios, presidente del Colegio de Profesores de Derecho del Trabajo de la UNAM.

Los descuentos en los salarios de los trabajadores están prohibidos, salvo en casos y con los requisitos específicos que señala el artículo 110 de la Ley Federal del Trabajo, ningunos de los cuales aplica en el caso de la vacunación.

“Los patrones no tienen derecho a descontarles a los trabajadores las horas en las que se ausenten para irse a vacunar. Es como si les quisieran descontar por ir a una capacitación para asegurar la salud en el lugar de trabajo. Ellos van a vacunarse incluso para mejores las condiciones de trabajo y reducir el riesgo de contagios”, señala Larios.

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Un trabajador médico le inyecta a una mujer una dosis de la vacuna rusa Sputnik V contra el COVID-19 el miércoles 24 de febrero de 2021, en el Palacio de los Deportes, distrito de Iztacalco, en la Ciudad de México. (AP Foto/Rebecca Blackwell)
Un trabajador médico le inyecta a una mujer una dosis de la vacuna rusa Sputnik V contra el COVID-19 el miércoles 24 de febrero de 2021, en el Palacio de los Deportes, distrito de Iztacalco, en la Ciudad de México. (AP Foto/Rebecca Blackwell) (ASSOCIATED PRESS)

Tampoco los pueden obligar a reponer las horas que estén fuera para ir a recibir la inmunización.

“Hay normas que les imponen a los patrones el cuidado de la salud de sus empleados y ponerles trabas para ir a vacunarse acarrearía responsabilidades a ese patrón: está exponiendo a sus trabajadores y atentando contra el derecho a la salud -dice el especialista de la UNAM. Las autoridades pueden multar al patrón por obstruir un programa de salud pública”.

Además, Larios señala, que si un trabajador se pone grave por COVID o hay contagios masivos por no haberlos dejado ir a vacunarse, “el patrón tendría una grave responsabilidad y tendría que indemnizarlos”.

Ayuda para los trabajadores en caso de conflicto

Si las empresas no quieren dejar salir a los trabajadores para ir a vacunarse o les quieren aplicar alguna penalización por esto, pueden acudir ante la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (PROFEDET), donde se les brindará asesoría gratuita en un horario de 8:30 a 15 h, de lunes a viernes en la Ciudad de México; así como en las 47 representaciones en los estados.

También pueden encontrar apoyo en el sitio de la Procuraduría Digital de Atención al Trabajador COVID-19, en el que se da seguimiento a las afectaciones laborales por despido o permiso sin goce de sueldo que se hayan dado durante esta emergencia sanitaria.

En este sitio las y los trabajadores pueden levantar su reporte y desde ahí se dará atención a su caso, asegura la STPS.

También está disponible el servicio de atención vía telefónica y por correo electrónico, quienes deseen utilizarlo deben marcar a los números 800 911 7877 / 800 717 2942 / 55 59 9820 00 ext. 44740 y 44741 o escribir a orientacionprofedet@stps.gob.mx

Respecto a cómo debería ser el procedimiento para gestionar el permiso de salida para irse a vacunar y cómo comprobar que la ausencia fue por eso, la STPS asegura que el procedimiento dependerá de las normas internas de los centros de trabajo, de manera que en algunos casos bastará con el aviso y otros tendrán que llevar a cabo los procedimientos correspondientes ante sus áreas de recursos humanos.

Pero Larios recomienda a las empresas ser flexibles en esto. “Se puede hacer un papelito media carta que diga solicito permiso para irme a vacunar, y la empresa le pone un sellito, para llevar control, sin burocratizar”.

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