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Extienden el plazo de inscripción al Repro II: cuándo es la nueva fecha de cierre

El Gobierno extendió hasta el lunes próximo inclusive el plazo para que los empleadores puedan inscribirse en el Repro II y otros Programas de asistencia creados durante la pandemia, para el pago de los salarios de enero.

La decisión se formalizó por medio de la Resolución 78/2022 del Ministerio de Trabajo, publicada en el Boletín Oficial. El plazo vencía este domingo, pero el Poder Ejecutivo decidió extenderlo por 24 horas, en virtud de "razones operativas del servicio web de inscripción a los Programas".

Así, "hasta el 31 de enero inclusive estará abierta la inscripción al Repro II, al Programa de Asistencia a Trabajadores y Trabajadoras Independientes en Sectores Críticos y al Programa de Asistencia Extraordinaria al Sector Hotelero en Zonas y Localidades Turísticas Afectadas".

El Programa que asiste a la actividad gastronómica se creó en abril de 2021

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El Repro II está vigente desde noviembre de 2020 y consiste en una suma dineraria individual y fija a abonar a los trabajadores, a cuenta del pago de las remuneraciones a cargo de los empleadores adheridos al Programa. El Programa que asiste a la actividad gastronómica se creó en abril de 2021, pero al mes siguiente se sumó a ese beneficio a trabajadores independientes de sectores críticos.

La extensión del plazo fue por razones operativas

Por su parte, el Programa destinado al sector hotelero comenzó a operar este mes y, como el Repro II, otorga una suma individual y fija a cada trabajador de la actividad, a cuenta de sus salarios y que pertenezcan a establecimientos ubicados en los principales destinos turísticos del país, consigna la agencia NA.

El Programa destinado al sector hotelero, otro de los golpeados por la pandemia, comenzó a operar este mes

Ahora, el Ministerio de Trabajo consideró que "en virtud de las consecuencias provocadas por la situación de emergencia generada por la pandemia del Covid 19 que continúan afectando a ciertas actividades y sectores de la economía, resulta necesaria la adaptación del Programa Repro II y la extensión a enero de 2022 del Programa de Asistencia de Emergencia a Trabajadoras y Trabajadores Independientes en sectores críticos".

Además, justificó la prórroga del plazo de inscripción, al sostener que por "razones operativas del servicio web de inscripción a los Programas, deviene necesario extender los plazos de inscripción a los mismos".

Los montos del beneficio que perciben directamente las trabajadoras y los trabajadores de cada empresa dependen del sector:

  • Sectores no críticos: $ 9.000

  • Sectores críticos: $ 22.000

  • Sector salud: $ 22.000

¿Cómo acceder al beneficio?

Para acceder al beneficio, los empleadores deberán cumplir con los parámetros establecidos para, al menos, cuatro de los indicadores que se detallan en Medidas de Alivio.

Para determinar la nómina de personal y el monto de los salarios se considerará como referencia al mes de noviembre de 2021. En tanto, para el cálculo de la variación interanual de la facturación, la normativa dispone que se utilicen los datos correspondientes a los meses diciembre de 2019 y diciembre de 2021.

Repro II: extienden el beneficio para los salarios de enero

El Ministerio de Trabajo dispuso modificar la nómina de actividades alcanzadas por el Programa Repro II, en virtud de la evolución de la actividad económica y de los indicadores de la situación sanitaria. Además, extendió el beneficio para el pago de los salarios de enero, de acuerdo con dos Resoluciones publicadas en el Boletín Oficial.

En la primera de ellas, la cartera laboral sustituyó el Artículo 2º de la Resolución 938 del 12 de noviembre de 2020 -que creó el Repro II- por el siguiente:

  • Monto del beneficio: consiste en una suma mensual por cada relación laboral activa del sujeto empleador alcanzado por el Programa.

  • Sectores afectados no críticos: 70% de la remuneración neta (que se determinará aplicando el 83% a la remuneración total declarada en la AFIP) hasta un máximo de $ 9.000.

  • Sectores críticos y Sector Salud: similares porcentajes, hasta un máximo de $22.000.

  • Duración: el beneficio se extenderá por un mes. Las empleadoras y los empleadores deberán inscribirse en el Programa en forma mensual para poder acceder al beneficio.

  • Alcance: el número de empleadoras y empleadores que cubrirá el Programa se determinará considerando la cantidad de empleadoras y empleadores postulantes, la situación económica, patrimonial y financiera de los mismos, las condiciones imperantes de la economía nacional y el presupuesto asignado.

El dinero aportado por el Estado Nacional es a cuenta del pago de las remuneraciones a cargo de los empleadores y las empleadoras adheridos al Programa. Trabajo recordó que en noviembre último, se introdujeron modificaciones al Repro II, entre ellas, la sustitución de la nómina de actividades alcanzadas por el Programa a los efectos de la determinación de los montos del beneficio.

Repro II: extienden el beneficio para los salarios de enero
Repro II: extienden el beneficio para los salarios de enero

Repro II: extienden el beneficio para los salarios de enero

Ahora, consideró que "teniendo en cuenta la evolución de la actividad económica y de los indicadores de la situación sanitaria en el marco de la pandemia del Covid-19, resulta pertinente realizar modificaciones y adaptaciones al Programa, considerando especialmente las particularidades de los diversos sectores que integran la economía nacional. En ese sentido, resulta necesario modificar la nómina de actividades alcanzadas por el Repro II", señaló.

En tanto, por medio de otra Resolución publicada este viernes, el Ministerio extendió el Repro II para el pago de salarios de enero, y estableció que el plazo para la inscripción al Programa estará vigente hasta el 30 de este mes, inclusive. En este caso, los meses seleccionados para el cálculo de la variación interanual de la facturación requerida por la AFIP serán diciembre de 2019 y el mismo mes de 2021.

En cuanto al alta de empresas, no se deberá considerar la facturación para las compañías iniciadas a partir del 1º de enero de 2019, mientras que el mes seleccionado para determinar la nómina de personal y los salarios de referencia, será noviembre de 2021.