El impuesto a productos comestibles ultraprocesados aprobado en la Reforma Tributaria, empezará a regir a partir del próximo 1 de noviembre de 2023 en Colombia. Y según lo estimó la cartera de Hacienda y Crédito Público, el efecto del impuesto sobre la inflación total es de 0.21 puntos porcentuales en 2023, de 0.11 puntos porcentuales en 2024 y de 0.12 puntos porcentuales en 2025.
Los efectos inflacionarios presentados tienen en cuenta el canal directo, asociado al encarecimiento de los bienes que hacen parte de la canasta de consumo. Asimismo, el canal indirecto, asociado al encarecimiento de los insumos que podría traducirse en un aumento del precio final de los bienes.
El Ministerio explicó que la nueva medida solo tiene efecto sobre 21 artículos de los 443 que componen la canasta básica del índice de precios del consumidor, con la cual el Dane mide la inflación.
El director de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, Dian, Luis Carlos Reyes, aseguró que estos son “monofásicos de primera etapa, es decir que se crean y se causan una única vez, bien sea en la venta, retiro de inventarios o en la importación”, agregó que “en resumen, lo que esto quiere decir es que el producto se va a gravar una sola vez”.
Este efecto es de única vez, y se materializaría con la entrada en vigor del impuesto. Es decir, en el paso del producto por cada eslabón de la cadena comercial, solo se cobrará una vez el impuesto. Y según la cartera, el impuesto es consistente con el escenario macroeconómico proyectado en el Marco Fiscal de Mediano Plazo de 2023.
Los productos gravados serán aquellos comestibles ultraprocesados que, como ingredientes, se les haya adicionado azúcares, sodio o grasas suficientes para llevar el sello frontal de advertencia establecido por el Ministerio de Salud. Los productos gravados únicamente serán aquellos que pertenezcan a las partidas y subpartidas arancelarias.