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México: Suprema Corte invalida norma sobre objeción de conciencia que limita aborto

LA SUPREMA Corte de Justicia de México reconoció el derecho del personal médico a la objeción de conciencia, pero analiza opciones legales para que no interfiera con la facultad que tienen las mujeres en este país de abortar.

El máximo tribunal declaró inválido un artículo de la ley general de salud que consagraba la objeción de conciencia por considerar que es impreciso y afecta los derechos de los pacientes, en especial de las mujeres y las personas gestantes.

En sesión del Tribunal Pleno este lunes, invalidó el artículo 10 Bis de la Ley General de Salud que establecía de forma amplia la objeción de conciencia del personal médico y de enfermería que forme parte del Sistema Nacional de Salud, limitándolo únicamente cuando se pusiera en riesgo la vida del paciente o se tratara de una urgencia médica.

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El Pleno determinó que la ley no establecía los lineamientos y límites necesarios para que la objeción de conciencia pueda ser ejercida sin poner en riesgo los derechos humanos de otras personas, en especial el derecho a la salud.

No te pierdas: Suprema Corte de México declara inconstitucional que se castigue el aborto

En una sesión pasada, el Pleno estableció los parámetros de constitucionalidad de la objeción de conciencia, conforme a los cuales, su ejercicio no debe violar derechos humanos de otras personas, debe estar sujeta a estándares y aplica tanto a instituciones públicas como privadas.

La norma invalidada era “un cheque en blanco para que se nieguen los servicios de salud particularmente tratándose del aborto, en contraversión de otros derechos humanos que la constitución reconoce”, dijo durante el debate el magistrado presidente, Arturo Zaldívar.

En días pasados, la Suprema Corte declaró inconstitucionales leyes estatales que castigaban el aborto con prisión y que consagraban la protección de la vida desde la concepción, con lo que la interrupción del embarazo se equiparaba a un asesinato.

Estos fallos son considerados “históricos” pues al haber sido aprobados por ocho votos sientan jurisprudencia y permitirán a las mujeres, mediante un recurso legal, acceder a un aborto seguro en los estados donde aún está penado. N