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La oposición bonaerense repudió el sobreseimiento del “Pata” Medina

Fotos al sindicalista Pata Medina en su casa de Punta Lara luego de ser excarcelado
Eel sindicalista Juan Pablo "Pata" Medina en Punta Lara luego de ser excarcelado - Créditos: @Ricardo Pristupluk

El juez federal Alejandro Esmoris sobreseyó ayer al exsecretario general de la Unión Obrera de la Construcción Argentina (Uocra) de La Plata Juan Pablo “Pata” Medina, declaró la nulidad de la causa en la que se lo acusó por asociación ilícita, lavado de dinero y extorsión y envió copia de su resolución al Consejo de la Magistratura para que se investigue la actuación del magistrado de Quilmes Luis Armella .

Esta decisión fue repudiada por la oposición de la Legislatura bonaerense donde parlamentarios opositores presentaron un proyecto. En concreto, el diputado bonaerense de Juntos, Fernando Rovello, presentó un texto en el que se expresa el repudio. El mismo fue acompañado por sus pares Álex Campbell, Santiago Passaglia, Juan Carrara y Johanna Penebianco. “Todos los imputados resultaron sobreseídos y esa decisión se adopta sin necesidad de llegar a la instancia del Juicio Oral”, expresó Rovello.

En ese punto, dijo que “lamentablemente no se los puede juzgar porque la causa fue supuestamente ‘armada’, por ello, repudiamos desde nuestro bloque dicha decisión”.

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Ayer, el Tribunal Oral Federal 2 de La Plata sobreseyó a Medina y a otra nueve personas ante el pedido de nulidad de los abogados Alejandro Roberto Montone y Juan Ángel Di Nardo, quienes expusieron que en una reunión en el Banco Provincia , en la ciudad de Buenos Aires, entre empresarios, funcionarios del gobierno de María Eugenia Vidal y agentes de la AFI , se convocó a armar una estrategia para impulsar causas contra gremialistas, básicamente de la actividad de la construcción de La Plata.

Además, en el fallo se ordena extraer copia y remitir al Consejo de la Magistratura de la Nación, conforme lo previsto en el Reglamento de la Comisión de Disciplina y Acusación, detalle de la actuación del titular del Juzgado Federal en lo Criminal Correccional de Quilmes, Dr. Luis Antonio Armella”.

En la declaración de nulidad, el tribunal enumeró “actos del magistrado instructor que afectaron la garantía de juez imparcial” y destacó “el indudable y evidente interés que tenían los representantes de los distintos estamentos políticos y de la actividad relativa a la construcción centralizada en la ciudad de La Plata en el armado de causas judiciales en las que Medina resultare legitimado pasivo”.

En esa línea, en el fallo se reseñaron “los diversos contactos telefónicos y personales que esas personas mantuvieron con el juez instructor y con el secretario que intervino” y se destacó que “no quedan dudas que tal garantía se vio afectada en el trámite inicial de este legajo, habida cuenta que el juez que participó en su instrucción se mostró interesado en el proceso”.

“Su actuar no estuvo regido por la indiferencia que debe gobernar las decisiones jurisdiccionales, en el sentido de que estuvo determinado o, al menos, influenciado, por los intereses asumidos por ciertos funcionarios en aquella reunión celebrada el 15 de junio de 2017 en la sede capitalina del Banco de la Provincia de Buenos Aires”, añadió Esmoris.

La decisión de Esmoris, además de beneficiar al exlíder sindical, impactó en la situación judicial de Cristián Isidoro Jesús Medina, David Emiliano García, Juan Horacio Homs, Liliana Beatriz Frontán, María Fabiola García, Lara Micaela Muñoz, Pablo Nicolás Neves, Marianela Lujan Pagnoni y Rubén Darío Roldán.