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“Perdón fiscal”: la AFIP condonó deudas por $1700 millones

La condonación de deudas empezó a regir el 20 de diciembre pasado
Ignacio Sanchez

A un mes de su lanzamiento, más de 133.00 contribuyentes pidieron la condonación de las deudas que contrajeron durante la pandemia. Se trata de monotributistas, clubes de barrios, cooperativas, bomberos voluntarios, microempresas y bibliotecas populares, que en su conjunto suma una condonación de $1700 millones en deudas tributarias, previsionales y aduaneras.

Así informó este martes la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) y recordó que el beneficio contemplado en la ley de Alivio Fiscal podrá solicitarse a través del sitio web del ente recaudador hasta el 2 de marzo. Podrán acceder entidades y organizaciones sin fines de lucro, como clubes de barrio, cooperativas de trabajo y escolares, bibliotecas populares y organizaciones comunitarias.

También alcanza deudas inferiores a $100.000 de monotributistas y otros pequeños contribuyentes, y de micro y pequeñas empresas que tienen Certificado MiPyme. “La condonación de deudas parte de las medidas dispuestas por el Gobierno para acompañar a los y las contribuyentes en el proceso de recuperación económica”, afirmó la entidad que conduce Mercedes Marcó del Pont.

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Hasta el momento, la mayor parte de las deudas que fueron condonadas corresponden a monotributistas. Alrededor de 101.000 contribuyentes se adhirieron al régimen simplificado, y accedieron al perdón fiscal por un monto total de $992 millones.

El universo que accedieron al perdón fiscal por hasta $100.000 lo completa por otros 32.000 contribuyentes, que obtuvieron el beneficio por unos $702 millones. Entre los beneficiados se destacaron 24.000 microempresas, 100 cooperativas, 71 clubes de barrio y 10 bibliotecas populares, organizaciones que accedieron a esta herramienta por más de $56 millones.

Se podrá acceder al beneficio hasta el 2 de marzo
archivo


Se podrá acceder al beneficio hasta el 2 de marzo (archivo/)

“La ley de alivio fiscal incluyó además la moratoria para obligaciones vencidas al 31 de agosto y un mecanismo para rehabilitar planes de pago caducos, ambos ya vigentes. Asimismo incorpora beneficios para contribuyentes cumplidores y la implementación de procedimientos para facilitar el cumplimiento de las obligaciones resultantes de los procesos de fiscalización”, agregó.

¿Cómo acceder a la condonación de deudas?

El beneficio alcanza a obligaciones líquidas y exigibles vencidas al 31 de agosto de 2021 que no hayan sido canceladas o regularizadas. Para acceder a la condonación, el contribuyente deberá contar con los siguientes requisitos:

  • Inscripción en los respectivos registros para las cooperativas de trabajo y escolares, bibliotecas populares, clubes de barrio, asociaciones de pueblos originarios, bomberos voluntarios y fomento rural.

  • Las demás entidades sin fines de lucro deberán presentar un certificado de exención en el impuesto a las Ganancias.

  • Contar con “Certificado MiPyME”.

  • Domicilio Fiscal Electrónico, registrado y confirmado.

  • Declaraciones juradas presentadas desde enero de 2016.

  • Tener actualizado el código de la actividad desarrollada de acuerdo con el “Clasificador de Actividades Económicas (CLAE)”

  • Los pequeños contribuyentes deben registrar inscripción en los impuestos a las ganancias, bienes personales o en el régimen de monotributo.