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Cómo los autónomos pueden recuperar su dinero de la tarifa plana

Los autónomos han peleado durante años su derecho a la tarifa plana, un derecho hasta ahora reservado a los empresarios individuales. Esta bonificación permitía a los trabajadores por cuenta propia pagar 60 euros al mes durante los primeros 12 meses como autónomo en lugar de la cuota estándar, que asciende hasta los 300 euros.

Tres sentencias del Tribunal Supremo han sido necesarias para que la Seguridad Social rectifique y admita los autónomos societarios como solicitantes legítimos para la bonificación de cuotas que otorga la tarifa plana. Además, todos aquellos que en su día recibieron una negativa y que así lo deseen, podrán solicitar el reembolso de las cantidades pagadas de más.

Los autónomos han peleado durante años su derecho a la tarifa plana, un derecho hasta ahora reservado a los empresarios individuales. Getty Creative.
Los autónomos han peleado durante años su derecho a la tarifa plana, un derecho hasta ahora reservado a los empresarios individuales. Getty Creative.

Para solicitar la devolución, los interesados deberán hacerlo a través de la Tesorería General de la Seguridad Social, con el DNI y los documentos que acrediten su inscripción en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA).

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Eso sí: los expertos recomiendan a todos aquellos que se dieron de alta durante el último trimestre de 2016 reclamar estas cantidades de forma inmediata, puesto que en el momento en el que se cumplan cuatro años ya no será posible reclamar.

Los argumentos de la Seguridad Social para privar a este colectivo de la tarifa plana

La tarifa plana para autónomos es una medida para impulsar el autoempleo que fue introducida por primera vez mediante el Real Decreto Ley 4/2013. Esta iniciativa ha ayudado a muchos nuevos autónomos a sentar las bases de su negocio, pero también ha generado controversias. Inicialmente, se aprobó para jóvenes menores de treinta años, pero debido a la fuerte reacción entre el colectivo a raíz de su puesta en marcha, el Gobierno extendió su aplicación a todos los nuevos autónomos.

La Ley de Reformas Urgentes del Trabajo Autónomo eliminó también el requisito de no emplear trabajadores por cuenta ajena, por lo que las dos únicas condiciones para tramitar su solicitud actualmente se reducen a las siguientes: no haber estado de alta como autónomo en los últimos dos años, tres en caso de que anteriormente se haya disfrutado de bonificación, y no ser autónomo colaborador (régimen especial para los familiares de los autónomos).

Los autónomos societarios —aquellos trabajadores que han constituido una empresa en cualquiera de sus formas jurídicas — estaban excluidos de esta tarifa hasta el pasado mes de septiembre. La Administración aludía a dos razones principales: en primer lugar, que el artículo que desarrolla la tarifa plana no menciona en ningún momento a los autónomos societarios; en segundo lugar, que la responsabilidad que tiene este tipo de autónomo va ligada al capital que ha aportado a la empresa, mientras que el autónomo ordinario tiene que responder con su propio patrimonio.

Este cambio de criterio supone una importante victoria para el colectivo de los trabajadores por cuenta propia, que llevaba siete años defendiendo un derecho que es suyo por ley. Así, los autónomos societarios podrán beneficiarse a partir de ahora de una bonificación esencial para todo emprendedor, independientemente de si deciden iniciar una actividad económica de forma personal o si optan por una personalidad jurídica por razones de utilidad económica.

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