Tarifa de uso del Aeropuerto Internacional de la Ciudad de México subirá 2,5% en 2025: ¿quiénes deben pagarla y quiénes no?

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Vista del personal de tierra del aeropuerto descargando las maletas de los pasajeros de un avión de Aero México Airlines después de su llegada a la puerta de carga y descarga del aeropuerto Benito Juárez en la Ciudad de México, México. Foto: Getty.
Vista del personal de tierra del aeropuerto descargando las maletas de los pasajeros de un avión de Aero México Airlines después de su llegada a la puerta de carga y descarga del aeropuerto Benito Juárez en la Ciudad de México, México. Foto: Getty. · LIVINUS via Getty Images

La tarifa de uso de aeropuerto (TUA) del Aeropuerto Internacional de la Ciudad de México (AICM) aumentará un 2,5% para los vuelos nacionales y un 2,6% para los internacionales en 2025.

“La Tarifa de Uso de Aeropuerto es un cargo de los aeropuertos a los pasajeros por el uso de sus instalaciones. Dicho cobro se hace en el boleto de avión, ya sea para un vuelo nacional o internacional”, señala la Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco).

A partir del 1 de enero del próximo año, la TUA para los vuelos nacionales pasará de US$ 28,95 (unos 596 pesos) a US$ 29,70 (unos 615 pesos) y la internacional de US$ 54,96 (unos 1.139 pesos) a US$ 56,39 (1.168 pesos), según un aviso publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF).

La publicación detalla que la TUA está calculada en dólares y que será el AICM el que determine mensualmente su equivalente en pesos mexicanos, utilizando el promedio mensual del tipo de cambio del mes inmediato anterior.

Pasajeros con equipaje ingresando a la terminal 7 del Aeropuerto Internacional Benito Juárez de la Ciudad de México. (Foto: Jeffrey Greenberg/Universal Images Group vía Getty Images)
Pasajeros con equipaje ingresando a la terminal 7 del Aeropuerto Internacional Benito Juárez de la Ciudad de México. (Foto: Jeffrey Greenberg/Universal Images Group vía Getty Images) · Jeff Greenberg via Getty Images

¿Cómo se aplica la TUA?

  • Se aplica TUA nacional a los pasajeros que aborden en cualquier aeropuerto si su destino final es nacional.

  • Se aplica TUA internacional a los pasajeros que aborden en cualquier aeropuerto si su destino final es el extranjero.

¿Quiénes están exentos de la TUA?

  • Las personas menores de tres años.

  • Los representantes y agentes diplomáticos de países extranjeros, en caso de reciprocidad.

  • Los pasajeros en tránsito y en conexión en los términos que determine la Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes (SICT).

  • El personal técnico aeronáutico en comisión de servicio que cuente con la licencia vigente correspondiente, expedida por la autoridad aeronáutica (esta tarifa solo se incluye a las tripulaciones extra, de refuerzo, de retorno y concentración, tales como el piloto, copiloto, sobrecargo y mecánico en vuelo, únicamente).

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