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En lo que va del año, la suba de los servicios de telecomunicaciones ya duplica la inflación

Hasta febrero pasado y a pesar de la conformación del nuevo Ente Nacional de Comunicaciones (ENACOM) y de las promesas de regularizar el mercado de las telecomunicaciones a partir de la liberación de sus precios y de la competencia, el Gobierno seguía sin lograr definiciones sobre el principal problema que viene afectando a esta industria desde el anterior gobierno kirchnerista.

Ese problema era la herencia del Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) 690, que habrá declarado servicios públicos esenciales y estratégicos en competencia a la telefonía celular y fija, Internet y la televisión paga, a raíz de la pandemia del coronavirus.

Esa misma norma permitía a las autoridades nacionales establecer la pauta de aumentos en las tarifas de los servicios de internet, telefonía celular y televisión por cable de manera independiente a las necesidades de las operadoras, teniendo en cuenta la suba de costos y la escalada de la inflación.

Esa medida fue fue cumpiendo a medias, ya que las principales operadoras del sector como Telecom, Movistar y varias cámaras empresarias presentaron a la Justicia una serie de amparos con los que lograron frenar los objetivos del decreto que firmó el expresidente Alberto Fernández.

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De hecho, tambien en febrero pasado Telecom babía logrado una nueva prórrogaba de la vigencia de la medida cautelar que solicitó en tribunales en el 2020 por seis meses, es decir, hasta agosto próximo-.

Pero en abril, ese tiempo que la justicia le otorgaba a la operadora y al resto de las empresas del sector dejó de existir o, por lo menos de ser innecesaria para lograr además la suspensión de varios artículos del decreto que declaró servicio público esencial a las telecomunicaciones.

El Ente Nacional de Comunicaciones dejará de tener injerencia en las políticas comerciales de las operadoras
El Ente Nacional de Comunicaciones dejará de tener injerencia en las políticas comerciales de las operadoras

El Ente Nacional de Comunicaciones dejará de tener injerencia en las políticas comerciales de las operadoras

La suba de los servicios de telecomunicaciones ya duplica la inflación

Si bien los tribunales venían restableciendo la potestad de los operadores de cable y telecomunicaciones de fijar sus condiciones de comercialización, tal como siguieron haciendo hasta la fecha, los trámites judiciales eran engorrosos y además las empresas del interior se regían por los incrementos que decretaba la anterior gestión kirchnerista en sus lugares de actividad.

Pero la judicialización de la medida, que comenzó hace ya más de tres años con el fallo favorable a Telecom de la Sala II de la Cámara Contencioso Administrativo Federal dejó de tener medida a partir de otro DNU firmado por el presidente Javier Milei publicado en el Boletín Oficial de la Nación el 10 de abril pasado anulando la medida que había tomado su antecesor, Alberto Fernández.

A partir de esta deccisión, para las operadoras no hace falta continuar peleando por las actualizaciones tarifarias en los tribunales y se dedicaron a informar aumentos mensuales que entre enero pasado y este mes de abril acumulan un incremento del promedio del 90% de sus servicios, a lo cual se le sumará otra suba en mayo próximo de casi un 10%, lo cual lleva a que en los primeros cinco meses del 2024 el servicio de telecomunicaciones (celulares, internet y TV paga), cierre con un acumulado del 100% de aumento, contra una inflación que en lo que va del año de alrededor del 62%, por lo menos hasta abril pasado.

Ocurre que el líder libertario derogó el Decreto 690 del 2020 con el cual el ex presidente Alberto Fernández intentó controlar los precios de los principales servicios de la industria de las telecomunicaciones.

Lo hizo mediante la publicación en el Boletín Oficial que anula la seción de la norma Kirchnerista que habia declarado como servicios públicos en competencia a las actividades de las operadoras, además de haber congelado sus precios y erigir al Estado nacional como el "oráculo" de la industria.

El principal motivo. de esta marcha atrás es la creencia del Gobierno del libre mercado y de que cada empresa puede optar por valores acordes a sus necesidades para cubrir sus costos y la escalada de la inflación.

El DNU 690 no les permitía jugar en competencia y que establecía la pauta de aumentos en las tarifas de los servicios de manera independiente a las necesidades de las firmas-

Movistar pica en punta

De hecho, en el caso de Movistar acaba de anunciar una nueva suba de sus tarifas a partir de mayo, con un acumulado de aumentos del 90% en lo que va del 2024 para todos sus planes sin tener que volver a recurrir a los amparos judiciales.

Esto se debe a qué el DNU de Milei da de baja el DNU 690/20 y también artículos de la Ley Argentina Digital N° 27.078, que se votó en 2014, en el segundo mandato de Cristina Kirchner.En sus considerandos, la norma explica que es " de suma urgencia liberar el mercado y obtener el libre desarrollo de tales servicios".

Para fundamentar su decisión, el Jefe se Estado entiende que no hace falta que los licenciatarios de Servicios de TIC fijen sus precios, "los que deberán ser justos y razonables, cubrir los costos de la explotación y tender a la prestación eficiente y a un margen razonable de operación" ya que pueden operar en competencia.

De ahora en más, las tarifas de los servicios públicos esenciales y estratégicos de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones (TIC) en competencia, las de los prestados en función del Servicio Universal y de aquellos que determine el ENACOM por razones de interés público, no podrán ser reguladas por las autoridades nacionales.

Para poder darle marco lógico a su DNI 690, Alberto Fernández había declarado "el carácter de servicio público esencial y estratégico de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones (TIC) en competencia al uso y acceso a las redes de telecomunicaciones, para y entre licenciatarios de Servicios de TIC".

Ahora ese párrafo quedó sin efecto ya que, según el gobierno libertario la medida kirchnerista estableció "una modificación esencial sobre el marco jurídico del sector, que debe ser corregida con el fin de salvaguardar las reglas que permitan el desarrollo de un mercado en competencia y la libre fijación de precios de los servicios prestados".

Movistar retocará casi un 10% el valor de sus planes a partir de mayo próximo

Del mismo modo, las autoridades destacaron que "ante el creciente desarrollo de los servicios de telecomunicaciones, la contemplación de las diferentes circunstancias del mercado resulta fundamental, tanto para favorecer su dinamismo y generar un equilibrio competitivo sostenible como para asegurar una mayor oferta de servicios a los usuarios a precios justos y con mayor calidad, extremos que se contraponen con la regulación tarifaria establecida por el Decreto N° 690/20″.

Y para rechazar los argumentos que dieron vida al DNI 690, en el nuevo decreto Milei aclara que los servicios de TIC "han sido creados en competencia, así como la prestación de los servicios de comunicaciones móviles, siendo una facultad esencial para su desarrollo y crecimiento la posibilidad de que los licenciatarios puedan fijar los precios de sus servicios libremente".

Aprovechando esta medida y que el camino se encuentra despejado, las mayores compañias de telecomunicaciones vienen anticipando los incrementos que aplicarán a sus planes a partir del próximo mes, con un promedio del 9,9% de acuerdo al servicio, habiendo picado en punta la filial argentina del Grupo Telefónica que aplicará dicho porcentaje a los valores vigentes, en todos los casos.

La sumatoria de los porcentajes desde Enero a abril es un 90.8%, pero teniendo en cuenta que al ser tan escalonado, no se traslada exactamente ese porcentaje sino que es menor.

Por caso, en la actualidad un plan Movistar Mega de 3 GB, con el primer mes gratis, cuesta $6.500 y se le aplican $10.900 de bonificaciones por 24 meses. En tanto, otro plan de 6 GB, también con el primer gratis, cuesta $9.050 mensuales, con $15.700 de bonificaciones por dos años. En cuanto a uno de 10 GB, cuesta $14.650 y tiene bonificaciones por $24.500 por 24 meses. El de 15 GB, siempre con un mes bonificado, ronda los $15.790 y se le descuentan $27.510, mientras que el de 25 GB, sale $17,750, con una rebaja de $31.550 por dos años.

Es de esperar que Claro y Personal sigan el mismo camino y en breve anuncien retoques a sus tarifas, tal también lo vienen haciendo desde principios de año.

Entre febrero de 2023 y febrero de 2024 estos servicios habrán subido un 138% interanual. Y mientras que el año pasado promediaron un 9% mensual, el ritmo de actualizaciones marcan que esta temporada se mantendrán superiores al 20%.

Apelaciones cruzadas

En agosto del año pasado, y con los votos mayoritarios de los jueces José Luis López Castiñeira y Luis María Márquez, esa dependencia judicial admitió un recurso de apelación de la mayor operadora de telecomunicaciones de la Argentina que suspendió los artículos 1 al 6 del DNU y también de tres resoluciones reglamentarias del Ente Nacional de Telecomunicaciones (1466/2020, 1467/2020 y 204/2021) que fueron inaplicables a la empresa.

La Justicia entendía, como luego lo hizo el gobierno libertario, que el decreto era inoportuno e innecesario y alteraba las condiciones bajo las cuales fueron regulados y organizados los servicios TIC; se desentiende del costo real de organización, instalación, prestación y mantenimiento de esos servicios y desconoce la posibilidad de obtener una renta razonable.

A esto se sumó un fallo de la Corte Suprema en la misma causa por la cual el máximo tribunal de Justicia del país también desestimó los recursos de queja interpuestos por el Estado Nacional y el ENACOM contra la sentencia de la Sala II de la Cámara Contencioso Administrativo Federal que les había denegado los recursos extraordinarios en contra de la sentencia de dicha Sala que hizo lugar a la apelación interpuesta por la sociedad, revocó la decisión de la instancia de origen y admitió la medida cautelar peticionada por Telecom Argentina.

Por eso se fueron sumando las otras grandes empresas del sector que sistemáticamente rechazaron las recomposiciones dispuestas por el Enacom y el impacto de las subas quedó limitado a los clientes de pequeñas y medianas empresas y cooperativas mayormente ubicadas en el interior del país.

La negativa de los principales jugadores del sector a aplicar este incremento se debe a que desconocieron la autoridad del ENACOM para establecer políticas comerciales.

De hecho, iniciaron el 2023 con un retoque de casi el 25% como forma de recomponer en parte sus costos, que vienen creciendo a la par de la inflación mensual.

Lo  tribunales le vinieron dando la razón a los amparos puestos por la justicia contra los incrementos
Lo tribunales le vinieron dando la razón a los amparos puestos por la justicia contra los incrementos

Lo tribunales le vinieron dando la razón a los amparos puestos por la justicia contra los incrementos

En febrero pasado, el DNU que había declarado servicios públicos esenciales y estratégicos en competencia a la telefonía celular y fija, Internet y la televisión paga recibió el último revés judicial. Lo hizo mediante el amparo que logró Telecom a partir de una nueva prórroga de la vigencia de la medida cautelar que solicitó en tribunales en el 2020.

En este caso, la suspensión de los efectos del decreto presidencial se extenderán por seis meses, es decir, hasta agosto próximo y, junto al decreto de Mieli, restablecen la potestad de los operadores de cable y telecomunicaciones de fijar sus condiciones de comercialización, tal como siguieron haciendo hasta la fecha.

La Justicia entendia que el decreto era inoportuno e innecesario y altera las condiciones bajo las cuales fueron regulados y organizados los servicios TIC; se desentiende del costo real de organización, instalación, prestación y mantenimiento de esos servicios y desconoce la posibilidad de obtener una renta razonable.

Por eso se fueron sumando las otras grandes empresas del sector que sistemáticamente rechazaron las recomposiciones dispuestas por el ENACOM y el impacto de las subas quedó limitado a los clientes de pequeñas y medianas empresas y cooperativas mayormente ubicadas en el interior del país.