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AFIP: 8 preguntas y respuestas sobre el Monotributo

El monotributo es un régimen opcional y simplificado para pequeños contribuyentes. Los trámites de este gravamen se gestionan ante la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), organismo que está a cargo de Florencia Misrahi, ingresando con clave fiscal y constancia de CUIL.

El impuesto consta de distintas escalas que determinan a qué categoría corresponde cada contribuyente según su facturación y otros parámetros. Consiste en un tributo integrado con una sola cuota fija.

El monotributo es un régimen opcional y simplificado para pequeños contribuyentes. Consiste en un tributo integrado con una sola cuota fija de 2 componentes:

1.- Un impuesto según categorías que se establecen sobre la base de:

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  • Los ingresos brutos obtenidos según la facturación.

  • La superficie afectada a la actividad.

  • La energía eléctrica consumida.

  • El monto de alquileres devengados.

2.- Una cotización previsional fija, que corresponde a los aportes de jubilación y de obra social.

El monotributo es un régimen opcional y simplificado para pequeños contribuyentes
El monotributo es un régimen opcional y simplificado para pequeños contribuyentes

El monotributo es un régimen opcional y simplificado para pequeños contribuyentes

1 - AFIP: ¿cuánto puede facturar por mes un monotributista?

La categoría del Monotributo establece el límite de facturación anual. La categoría más baja del Monotributo es la A y permite facturar hasta $2.108.288,01 por año. El Monotributo contempla trabajos estacionales como aquellos relacionados al turismo, por lo tanto no importa si un mes facturás más o menos.

La categoría A viene asociada al pago de un impuesto mensual fijo sin importar si trabajó o no, si recibió ingresos o no:

El valor de la cuota es de $12.128,39 salvo que:

  • Cumpla los requisitos para inscribirse en el Monotributo Social: cuota mensual de $3.228,63

  • Trabaje en relación de dependencia y recibas un sueldo en blanco: cuota mensual de $1.047,86

  • Aporte a una caja de previsión: cuota mensual de $1.047,86

  • Esté jubilado: cuota mensual $5.671,13

2 - AFIP: cuáles son las categorías del monotributo

Con la movilidad jubilatoria de diciembre, se actualizan los ingresos brutos topes de las categorías del Monotributo, de tal manera que la nueva marca para salir del Régimen Simplificado a partir de enero de 2024 es de $11,9 millones para servicios (categoría H) y $16,9 millones para bienes (categoría K).

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Así quedó la tabla del Monotributo desde enero 2024

3 - ¿Qué pasa si excedo el límite de facturación establecido en una categoría?

En los meses de enero y julio, durante el periodo de recategorización, el contribuyente deberá controlar si se encuentra en la categoría que corresponde. Para hacerlo es necesario revisar lo siguiente:

  • En enero: tomar el total facturado del período anual anterior, desde el 1ro de enero al 31 de diciembre del año anterior

  • En julio: tomar el total facturado del período anual anterior, desde el 1ro de julio del año anterior al 30 de junio del año actual

Si en estos meses la facturación excede el límite de la categoría, será necesario recategorizarte. Puede ocurrir que tu facturación esté muy por debajo del límite y tal vez te corresponda una categoría inferior, por lo que también habrá que recategorizar en este caso.

4 - ¿Me puede recategorizar la AFIP?

Sí. En caso de que los movimientos de tu cuenta bancaria o las operaciones que realizaste con tarjeta de crédito hicieran presuponer que tenés ingresos superiores a los que declaraste para tu categoría (un 20% más si sos prestador de servicios o un 30% más si te dedicás a la venta de bienes muebles), la AFIP te reconvertirá automáticamente a una categoría superior a la registrada.

Si se da esta situación, contás con 30 días de plazo desde la notificación a tu correo electrónico o con 15 días luego de haber sido intimado, para explicar tales movimientos y justificar tu permanencia en el anterior encuadramiento.

5 - ¿Cómo elijo una obra social si soy monotributista?

Podés consultar en Internet la lista de Obras Sociales que aceptan monotributistas en la Superintendencia de Servicios de Salud.

También por teléfono a la línea gratuita: 0800-222 SALUD (72583). O concurrir personalmente a Avenida Presidente Roque Sáenz Peña 530 en la ciudad de Buenos Aires.

La AFIP puede hacer una recategorización de oficio de un contribuyente
La AFIP puede hacer una recategorización de oficio de un contribuyente

La AFIP puede hacer una recategorización de oficio de un contribuyente

6 - ¿Cómo cobrar el reintegro por cumplimiento en el pago?

Si cumpliste con el pago de las obligaciones mensuales en tiempo y forma, a través de sistema de débito automático (en cuenta corriente bancaria o caja de ahorro, o mediante tarjeta de crédito), podés beneficiarte con el reintegro del importe equivalente al impuesto integrado mensual.

Tenés que tramitar la adhesión automática del pago en tu banco y cumplidos los 12 períodos fiscales mensuales, se realizará el reintegro en los primeros meses del año calendario siguiente.

7 - Como monotributista, ¿puedo tener empleados en relación de dependencia?

Sí, pero vas a tener que inscribirte como empleador e ingresar los aportes y contribuciones de tus empleados a través del Régimen General de Empleadores de AFIP.

8 - ¿Cómo me doy de alta como empleador monotributista?

Lo podés hacer por Internet, ingresando al Acceso con Clave Fiscal, con CUIT y clave. Luego elegís el servicio Sistema Registral/ opción Registro Tributario. Una vez allí, seleccionás: F 420/T Alta de Impuestos/ Aportes Seguridad Social