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Cuál es el monto máximo que se puede consumir con tarjetas de débito y crédito sin tener problemas con AFIP

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) anunció recientemente los nuevos umbrales a partir de los cuales rige la obligación de informar o actuar como agente de retención/percepción para transacciones realizadas con tarjetas de crédito y débito, a partir de mayo de este año.

Estos nuevos límites han sido ajustados en base al coeficiente derivado de la variación anual del Índice de Precios al Consumidor (IPC), proporcionado por el Instituto Nacional de Estadística y Censos (INDEC), correspondiente al mes de diciembre de 2023 respecto al mismo mes del año anterior.

A partir de este mes, los consumidores podrán efectuar compras de hasta $6000 con tarjetas de débito y crédito sin que estas transacciones deban ser informadas a la AFIP, superando así el límite anterior de $2000 vigente desde el año pasado.

Qué pasa con Mercado Pago y las billeteras virtuales

En cuanto a las transferencias, Mercado Pago y otras plataformas similares no estarán obligadas a informar a la AFIP las transacciones individuales que no superen los $400.000. Además, los usuarios podrán mantener ingresos y egresos mensuales en sus cuentas por un total que no exceda los $120.000 sin necesidad de notificar a la AFIP.

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Estos límites son aplicables tanto para las transacciones entre cuentas de Mercado Pago como para los movimientos entre diferentes billeteras virtuales y bancos. La plataforma debe cumplir con estas normativas para garantizar la transparencia fiscal.

Es importante destacar que Mercado Pago, al igual que otras billeteras virtuales, está sujeta a la regulación de la AFIP y debe adherirse a estas nuevas reglas. Los usuarios deben ser conscientes de estos límites para evitar problemas con las autoridades fiscales y asegurar un manejo adecuado de sus fondos.

AFIP informó los nuevos valores a partir de los cuales rige la obligación de informar o actuar como agente de retención/percepción para pagos con tarjetas
AFIP informó los nuevos valores a partir de los cuales rige la obligación de informar o actuar como agente de retención/percepción para pagos con tarjetas

AFIP informó los nuevos valores a partir de los cuales rige la obligación de informar o actuar como agente de retención/percepción para pagos con tarjetas

Qué pasa si se pasan los límites establecidos por AFIP

Con respecto a las consecuencias de superar estos límites, si un usuario excede el límite de transferencias sin justificar establecido por la AFIP, podría enfrentar diversas acciones por parte del organismo recaudador. En primer lugar, podría recibir una notificación alertándole sobre la irregularidad detectada en sus movimientos financieros, lo que funciona como un aviso preliminar para que el contribuyente regularice su situación.

Posteriormente, la AFIP podría proceder a realizar una inspección más detallada para comprender la naturaleza de las transferencias, pudiendo solicitar documentación adicional que justifique los movimientos de dinero. En caso de no proporcionar una justificación adecuada, se presumirá que las transferencias podrían ser el resultado de actividades no declaradas.

Si las transferencias no justificadas son consideradas como ingresos no declarados, la AFIP podría determinar que el usuario debe impuestos adicionales sobre esos montos. Además, se aplicarán multas y posiblemente intereses sobre los impuestos no pagados, lo que aumentaría significativamente la deuda tributaria.

Otra posible consecuencia es el inicio de un proceso de fiscalización más riguroso sobre todas las actividades financieras del usuario. Esto implica un seguimiento más estricto y continuo por parte de la AFIP, lo que podría limitar la capacidad del usuario para realizar futuras transacciones sin previo escrutinio.