Así sería el despido con justa causa en Colombia
A espera de que el gobierno Petro dé más luces sobre el tratamiento de la reforma laboral en el Congreso de la República, la iniciativa muestra cuáles son los casos y el procedimiento en el que se aplique el despido con justa causa en Colombia.
Lo más relevante:
Según la exposición de motivos de la iniciativa, es necesario delimitar y reglamentar este apartado para proteger los derechos tanto de los trabajadores como de las empresas.
De esta manera, el despido con justa causa en Colombia deberá seguir un debido proceso y, en caso de que no sea cumplido a manos de la empresa, es probable que sean los empleadores los que deban responder por un procedimiento irregular.
Lo anterior lleva a que se piensen también en mecanismos compensatorios para los trabajadores cuando el debido proceso de desvinculación o terminación de un contrato no se cumpla.
Dice el proyecto de reforma laboral que en todas las actuaciones para aplicar sanciones disciplinarias o aplicar el despido con justa causa en Colombia se deberán aplicar algunos infaltables:
Dignidad del trabajador y trabajadora
Presunción de inocencia
Proporcionalidad, derecho a la defensa, contradicción y controversia de las pruebas
Lealtad y buena fe, imparcialidad
Respeto al buen nombre y a la honra
¿Cómo deberá ser el proceso de despido con justa causa en Colombia?
Comunicación formal de la apertura del proceso a la persona a quien se imputan las conductas
La formulación de los cargos imputados
El traslado al imputado de todas y cada una de las pruebas que fundamentan los cargos formulados
La indicación de un término durante el cual el acusado pueda formular sus descargos, controvertir las pruebas en su contra y allegar las que considere necesarias para sustentar sus descargos
El pronunciamiento definitivo mediante un acto motivado
La imposición de una sanción proporcional a los hechos que la motivaron o la decisión de terminación con justa causa del contrato
Revisión de la decisión
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“Este procedimiento no tiene que ser agotado si la causa de terminación del contrato es la consagrada en el numeral 14 del literal A) del artículo 62 del Código Sustantivo del Trabajo”, concluye este apartado de la reforma.