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Reforma de prisión preventiva para delitos fiscales no serviría: expertos

Reforma de prisión preventiva para delitos fiscales no serviría: expertos

A los contadores nos va a tocar asegurarnos de que se puedan demostrar todas las operaciones. No será suficiente con las facturas, tendrá que haber registro de comunicación, foto de los bienes que se adquirieron, etc”.

Edgardo Beltrán Ávila, integrante del CCPM.

 

La propuesta de reforma constitucional del presidente Andrés Manuel López Obrador para que los delitos fiscales ameriten prisión preventiva oficiosa no va a ayudar a que se reduzcan estas conductas, de acuerdo con especialistas.

Lo que busca la iniciativa es reformar el párrafo segundo del Artículo 19 para incorporar la facultad al juzgador de ordenar prisión preventiva oficiosa como medida cautelar en los casos de contrabando, defraudación fiscal y emisión ilícita de comprobantes (factureras).

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Juvenal Lobato, profesor de derecho fiscal en la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM), dijo que la inclusión de los delitos en la lista de aquellos que ameritan prisión preventiva de oficio no tendrá ningún efecto de reducirlos.

Recordó que en el 2019 el presidente López Obrador ya había intentado incluir a los delitos fiscales en el Artículo 19, cuando envió una reforma constitucional que añadió a la lista otros ilícitos como el huachicol y la corrupción en el gobierno.

En aquella ocasión, los legisladores sí aprobaron la inclusión de nuevos delitos en el catálogo, pero rechazaron añadir a los delitos fiscales.

“En esta ocasión no va a volver a pasar la reforma, es un intento de lo mismo. Deberían de preocuparse por ir tras aquellas factureras y contribuyentes que están cometiendo delitos, en lugar de buscar nuevamente una reforma constitucional”, afirmó Lobato.

Además de los delitos fiscales, la reforma que el Presidente envió esta semana, igualmente, busca incluir a la extorsión y el tráfico de drogas sintéticas como el fentanilo en la lista de delitos que ameritan prisión preventiva oficiosa.

Lobato añadió que la Corte Interamericana de Derechos Humanos declaró anticonvencional a la prisión preventiva oficiosa para todos los delitos, es decir, que va contra la Convención Americana sobre Derechos Humanos de la que México es signatario.

Lobato explicó que la prisión preventiva oficiosa es cuando se mete a la cárcel a una persona acusada de un delito sin que se le haya llevado a juicio y declarado culpable. “Algunos lo manejan como si fuera castigar a un inocente”, agregó.

Inocentes podrían ir a prisión

Juan Edgardo Beltrán Ávila, integrante del Colegio de Contadores Públicos de México, advirtió que de aprobarse la reforma, se corre el riesgo de que algunas empresas que no puedan comprobar las operaciones que realizan, se les pueda acusar de delitos fiscales y, en consecuencia, aplicar la prisión preventiva oficiosa.

sebastian.diaz@eleconomista.mx