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Te escanean el ojo, te dan plata, pero ahí no termina todo: el riesgo más temido por el Gobierno

En la actualidad, dos tecnologías recorren el mundo y amenazan la información más íntima y profunda: Worldcoin y Neuralink. Y ya son materia de debate en todo el mundo.

Neurotecnología: los peligros

Worldcoin, fundada por Sam Altman, creador de ChatGPT, entrega tokens a cambio de escanear el iris del ojo y ya posee datos biométricos de, al menos, unos 3 millones de personas. También ostenta varias prohibiciones y recursos legales en distintos lugares del mundo:

  • Argentina, la Agencia de Acceso a la Información Pública (AAIP) lleva una investigación de oficio desde agosto

  • La Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) obligó a interrumpir su actividad en España

  • En Chile, el Portal institucional del Servicio Nacional del Consumidor SERNAC pidió información y existen al menos dos recursos de protección que fueron interpuestos y admitidos

  • Brasil, Francia e India se suman a una lista de, al menos, siete países más que prohibieron o cuestionaron la aplicación de alguna manera

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Carlos Rozen, socio de Consultoría y GRC, BDO en Argentina, asegura a iProUP que Worldcoin es un proyecto que apunta a crear una red financiera y de identidad digital a nivel global, pero aclara que, aunque la herramienta se perfila como más potente que el DNI y el pasaporte, muchos expertos dudan respecto de su aceptación y consecuente viabilidad.

Otra aplicación controversial es Neuralink, propiedad de Elon Musk (Tesla, X y Space X), que logró eludir la restricción de la Administración de Drogas y Alimentos de los Estados Unidos (FDA) que prohibía realizar pruebas con humanos

Así, implantó Telepathy, el primer chip cerebral que permite crear una interfaz cerebro-máquina y controlar casi cualquier dispositivo con la mente, convertir humanos en cyborgs y hasta paliar la ceguera, la obesidad y la esquizofrenia.

Al margen de aplicaciones como ORB o Neuralink, la neurotecnología tiene un vasto recorrido con soluciones que, en casi todos los casos, traen beneficios para el ser humano, interactuando con el cerebro y el sistema nervioso de modo pasivo -monitoreando la actividad cerebral- o de modo activo, alterando su actividad, como:

  • Diagnóstico y tratamiento de trastornos neurológicos como la epilepsia, el Parkinson, el Alzheimer y el trastorno de estrés postraumático (TEPT)

  • Interfaces cerebro-máquina: sistemas para controlar dispositivos externos utilizando señales cerebrales

  • Neuroprótesis y rehabilitación: creación de prótesis controladas por el cerebro y en la rehabilitación después de lesiones neurológicas

  • Estimulación cerebral profunda (DBS)

  • Entrenamiento cognitivo para mejorar la memoria, la atención y otras funciones cognitivas

  • Entretenimiento, juegos y experiencias inmersivas

José Ángel Marinaro, director de los Proyectos de Investigación sobre Neurociencias y Derecho Penal de la UNLaM, explica a iProUP que las neurotecnologías operan en niveles tan profundos que, en muchos casos, pueden extralimitarse y vulnerar derechos fundamentales del ser humano.

La mayoría de estas aplicaciones generan información cerebral, que se traduce en enormes volúmenes de neurodatos, que pueden comercializarse, usarse para manipular a la personas o para alterar directamente su actividad neuronal. Se trata del gran temor de los gobiernos y defensores de las libertades individuales.

"Lo que se está debatiendo son las implicancias éticas y de privacidad en relación a la seguridad de los datos cerebrales y el consentimiento informado cuando se usan esta aplicaciones, que en muchos casos se consiguen por Internet y pueden usarse sin ninguna supervisión", remarca.

Por su parte, Cristian Medina, abogado especialista en Derecho Informático, opina que el cerebro puede tomarse como una gran base de datos. En ese sentido, lo que debería regularse es precisamente su privacidad para evitar que se vulnere la información mental, incluso la propia identidad. "En definitiva se trata de un derecho humano, personalísimo e inherente a todas las personas", refuerza.

Qué son los "neuroderechos"

Organismos internacionales como el Comité Internacional de Bioética de la UNESCO, la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE) o el Comité jurídico de la Organización de Estados Americanos (OEA), lanzaron advertencias sobre el tema.

La Unesco y CILAC destacan en un estudio que desde el año 2000 las publicaciones sobre neurociencia aumentaron 35 veces, aunque solo el 80% de los estudios de alto impacto fueron creados por un puñado de 10 países, y el 70% del resto del mundo solo produjo 10 artículos entre el 2000 y 2021.

Neuralink
Neuralink

Los expertos temen que Neuralink acceda a la información del cerebro sin consentimiento

Por otra parte, solo cinco naciones poseen el 87% de las patentes de neurología IP5 aumentando la brecha entre las territorios que están a la vanguardia del desarrollo tecnológico y los que tienen una participación prácticamente inexistente. Lo que concentra por un lado el control de la tecnología y limita por el otro la difusión sobre los posibles riesgos.

Aunque ya existen categorías jurídicas que tienden a proteger ciertos ámbitos del ser humano, como la privacidad, la integridad, la libertad, para Marinaro es necesario hacer una normativa que incluya los neuroderechos básicos y actualizar el marco jurídico para regular el impacto de estas innovaciones.

"Un planteo judicial puede caer en un despacho o en una fiscalía y nadie sabe qué hacer con esto", advierte.

Para Medina, hasta que no haya una marco específico sobre neuroderechos, Argentina puede ampararse en el derecho a la privacidad e intimidad garantizado por el artículo 19 de la Constitución Nacional, además de la Ley de Protección de Datos Personales y los artículos 23 y 31 del Código Civil y Comercial.

Isabel Cornejo Plaza, investigadora de Neurometa en IID de la Universidad Autónoma de Chile, agrega que en el país trasandino, muchos de los desarrollos de neurotecnología, al usarse en un contexto terapéutico, estaban resguardados por el derecho sanitario.

Pero, al ser usados por empresas comerciales con otros fines, demandó la integración de estos dos marcos normativos, más las leyes de protección de datos personales, lo que resultó todavía insuficiente para la protección cabal de la actividad neuronal.

En 2021 Chile se convirtió en el primer estado del mundo en darle carácter de derecho constitucional la protección de la actividad cerebral humana.

Además, en 2023 la Tercera Sala de la Corte Suprema exigió a la empresa estadounidense Emotiv la eliminación en la nube, de toda la información cerebral obtenida con el dispositivo Insight del demandante Guido Girardi.

Aunque todavía existe un consenso definitivo en torno a cuáles deberían ser los neuroderechos, en general se reconocen los de la privacidad mental, a la integridad mental, a la identidad personal y a la libertad cognitiva, como categorías fundamentales.