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Si viajaste a Cuba y no calificas para exención de visa ESTA, hay otra opción para entrar a EEUU

Necesitan una visa para ingresar a Estados Unidos los viajeros de nacionalidad española que visitaron Cuba desde enero de 2021, incluidos los cubano-españoles, por tener doble nacionalidad.

Todos estos viajeros no califican ni para el Programa de Exención de Visa (VWP), ni tampoco para solicitar el ingreso con el Sistema Electrónico para Autorización de Viaje conocido como ESTA, el programa de entrada a EEUU más fácil y rápido que solicitar una visa.

Esta nueva medida afecta a los ciudadanos españoles y a los de otras nacionalidades pertenecientes a la Unión Europea (UE), así como a los chilenos, es decir, a los ciudadanos de 40 países que forman parte del VWP y visitaron Cuba desde el 12 de enero de 2021.

Ya lo advirtió el Departamento de Estado de EEUU (DOS) cuando designó a Cuba como Estado Patrocinador del Terrorismo. Con limitadas excepciones, cualquier viajero que Aduanas detecte que ha estado en esa fecha o posterior en Cuba le será rechazado su ingreso en territorio estadounidense bajo el amparo del VWP, usando un ESTA, que permite estadías de hasta 90 días sin la necesidad de solicitar una visa.

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Además, un viajero que en el momento de la solicitud de ESTA tenga doble nacionalidad tanto con un país con exención de visa como con Cuba ya no es elegible para viajar bajo el programa VWP ni utilizar un ESTA, por lo que debe solicitar una visa para entrar a EEUU.

Si ya se aprobó un ESTA y luego se determina que el viajero ha estado presente en Cuba o tiene esa condición de doble nacionalidad, se revocará su ESTA, recuerda la embajada estadounidense en Madrid.

Aunque muchos viajeros ya están viendo canceladas sus autorizaciones de viaje sin visa, el gobierno de EEUU insiste en que estas restricciones no impiden viajar a EEUU, pero requieren que un viajero con las restricciones de esta norma necesitará obtener una visa de no inmigrante en una embajada o consulado de EEUU.

“Hace más de 5 años que no viajo a Cuba, tenía mi ESTA aprobado hasta 2025 y ahora me mandan un correo que viaje no autorizado, ¿por qué está pasando esto? ¿Por ser nacido en Cuba?”, comenta en un tweet el cibernauta Ariel Izquierdo.

Sin embargo, hay opciones. Ahora las mejores alternativas para quienes no califican al ESTA por haber estado durante los dos últimos años y medio en Cuba son las visas temporales B-1 para personas de negocios y la visa B-2 para hacer turismo, visitar amigos o familiares y para tratamientos médicos. Esta última es la ideal en estas circunstancias.

Recomendamos leer: No cometas estos errores al pedir la visa de turista o ESTA. Te pueden negar la entrada a EEUU

¿Qué tiene más ventajas para los viajeros: ESTA o visa de EEUU de turista?

Si estás solicitando una visa de no inmigrante después de la denegación o revocación de ESTA como resultado de la nueva norma y tienes un viaje inminente por motivos médicos, humanitarios o de negocios a EEUU, puedes solicitar una cita de visa acelerada.

Conviene siempre conservar una copia de cualquier denegación o revocación de ESTA.

Entre las principales ventajas de la visa de turista destaca que tiene una validez de hasta 10 años frente a los dos años de duración de un ESTA.

Con una visa de no inmigrante puedes permanecer en EEUU hasta seis meses, en lugar de los 90 días de estadía bajo el programa VWP.

Los viajeros con visa también pueden extender su estadía por seis meses adicionales con el Formulario I-539 o buscar cambiar a una clase de visa diferente mientras se encuentran en EEUU, algo que no está permitido con un ESTA.

La extensión, cuyo costo es de $370 más $85 de los servicios biométricos, debes solicitarla al menos 42 días antes de que caduque tu tarjeta I-94, pero no puedes presentar la solicitud dentro de los primeros tres meses de tu llegada a EEUU.

La tarifa de solicitud de la visa de turista es de $185. Dependiendo del país de origen hay tarifas adicionales o de emisión, que varían de un país a otro. Recomiendan guardar todos los recibos.

El tiempo de procesamiento de la visa B-2 puede tardar desde algunas semanas hasta algunos meses, varía de un país a otro dependiendo de la carga de trabajo de esa embajada.

Recomendamos leer: Aduanas emite alerta importante a viajeros que quieren entrar a EEUU con exención de visa

Hay alternativas cuando no calificas para un Programa de Exención de Visa (VWP), ni pedir entrada con una autorización de viaje electrónica (ESTA).
Hay alternativas cuando no calificas para un Programa de Exención de Visa (VWP), ni pedir entrada con una autorización de viaje electrónica (ESTA).

Actividades permitidas con una visa de turismo B-2

La visa B-2 para ingresar en EEUU permite participar en varios tipos de actividades, además de hacer turismo o visitar amigos y familiares.

Puedes participar en eventos de caridad.

Permite recibir tratamiento médico.

Pasar unas vacaciones largas.

Visitar diferentes ciudades estadounidenses.

Participar en un evento deportivo o musical sin recibir pago alguno.

Inscribirte en cursos de aprendizaje como pasatiempo.

Requisitos para solicitar la visa americana de turista

El motivo del viaje y tus intenciones deben de ser consistentes con los propósitos de la visita autorizada por la visa B-2.

Debes tener medios económicos suficientes para cubrir económicamente tu estadía en EEUU.

Tener la intención de regresar a tu país de origen tan pronto como expire la visa B-2 y no tener la intención de permanecer en territorio estadounidense.

Recomendamos leer: Aduanas emite comunicado para viajeros con niños que desean ingresar a EEUU con exención de visa

Cómo solicitar la visa de turista B-2

Completa la solicitud DS-160 disponible en línea e imprime la página de confirmación.

Crea una cuenta para una visa temporal en el sitio web oficial.

Paga la tarifa de una visa de lectura mecánica (MRV, Machine Readable Visa), no reembolsable en línea.

Programa una cita de entrevista con una oficina consular.

Asiste a tu cita de entrevista y aporta toda la documentación pertinente:

  1. Página de confirmación del formulario DS-160.

  2. Pasaporte válido.

  3. Una foto tamaño pasaporte para cada solicitante de visa, incluidos los bebés.

  4. Documentación que demuestren vínculos sociales, económicos y familiares con España o el país de origen como: permiso de residencia para extranjeros original, certificado de residencia, estado civil, certificado de matrimonio, contrato de compraventa o arrendamiento de bienes, contrato de trabajo, últimas nóminas, declaraciones de impuestos, extracto bancario, etc.

  5. Documentación adecuada que acredite el propósito y la duración del viaje.

En caso de tratamiento médico, debes proporcionar el diagnóstico médico de un médico local, que explique la naturaleza de la dolencia y la razón por la que se necesita tratamiento en EEUU.

También aporta la carta de un médico o centro médico en EEUU, que indique la voluntad de tratar la dolencia diagnosticada, la duración y el costo aproximado del tratamiento, incluidos los honorarios de los médicos, hospitalización y todos los gastos médicos relacionados.

Además, debes probar que puedes pagar los gastos de transporte, médicos y de manutención del paciente en EEUU, como una declaración u otro tipo de ingresos, ahorros o copias certificadas de declaraciones de impuestos sobre la renta, ya sea del paciente o de la persona u organización que paga el tratamiento.

Si se aprueba, la visa se emite dentro del período de una semana. Te devolverán el pasaporte por entrega a domicilio o por recogida en una ubicación de DHL designada, a tu conveniencia.

Si la visa es denegada, te devolverán el pasaporte al finalizar la entrevista, junto con una carta explicando los motivos de la denegación de la visa, carta que también recomiendan guardar.

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