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¿Y ahora qué? La respuestas para entender qué ha pasado y qué puede pasar con el impuesto a las hipotecas

El impuesto a las hipotecas vuelve a estar como estaba y seguirán siendo los clientes quienes carguen con el pago del mismo, según el Tribunal Supremo. Pero la pregunta que surge es ¿y ahora qué? ¿Está ya todo dicho? ¿No hay vuelta atrás para el fallo del Supremo y los hipotecados tendrán que seguir haciéndose cargo de un impuesto cuyo pago en realidad beneficia a los bancos? Para todas estas preguntas hay respuesta y no, no todo está dicho. Aún se puede recurrir.

Podemos e IU han anunciado movilizaciones para el próximo sábado. (Foto: REUTERS/Susana Vera)
Podemos e IU han anunciado movilizaciones para el próximo sábado. (Foto: REUTERS/Susana Vera)

Por lo pronto, hay que saber que tan solo unas pocas horas después del fallo del Supremo, Pedro Sánchez ya ha dado otro giro de 180 grados a la historia: acaba de anunciar un cambio de ley que llegará al Congreso para que cambie el sujeto pasivo y sea a partir de que entre en vigor el banco quien pague los impuestos en vez del cliente (siempre que se apruebe).

No obstante, vamos por partes: primero hay que saber qué ha pasado exactamente y por qué. Para empezar, en realidad no era la banca quien tendría que haberse hecho cargo de las reclamaciones de los clientes en el caso de que la sentencia del Supremo hubiese sido la contraria. Ese impuesto sobre Actos Jurídicos Documentados (AJD), que es así como se llama oficialmente, habría sido reclamado a las comunidades autónomas.

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Ellas deberían haber hecho frente al reembolso y, en último término, reclamarle a las entidades bancarias el pago del impuesto. El cálculo estimado era de 5.000 millones de euros partiendo de la premisa de que la devolución solo sería efectiva para las firmas realizadas desde 2014 en adelante. Para coordinar las acciones, la ministra de Hacienda, María Jesús Montero, ya aclaró antes del fallo que tenían un plan previsto.

En su segundo fallo en pocos días, el Tribunal Supremo se ha basado en el artículo 68.2 del reglamento de la tasa AJD, que data de 1995. Hasta la primera sentencia, la que originó el vuelco en la interpretación y estableció que eran los bancos quienes debían pagarlo, siempre se había considerado que el sujeto pasivo de este impuesto era el hipotecado.

Sin embargo, la sentencia del 18 de octubre, hace algo más de dos semanas, le dio la vuelta a la interpretación al considerar que la parte interesada en firmar la hipoteca ante notario era el banco y que por tanto era él quien debía correr con el gasto. Se convocó el pleno debido a “la enorme repercusión económica y social” y anoche se dio marcha atrás.

Dicho eso y entendido lo que ha ocurrido, que es que el cliente será quien siga pagando el AJD, lo importante es saber qué va a pasar ahora. Lo primero es saber qué el recorrido judicial no ha terminado. Según explican en Expansión, la intención de la Empresa Municipal de Rivas, promotora de la causa, es recurrir al Constitucional. En el portal del Consejo General del Poder Judicial explican que “al ser el Tribunal Supremo el órgano jurisdiccional superior en todos los órdenes, sus decisiones no son recurribles. No obstante, contra las mismas puede interponerse recurso de amparo ante el Tribunal Constitucional en el caso que se considere vulnerado algún derecho fundamental”.

Desde Expansión señalan que el tribunal de Justicia de la Unión Europea no es una opción porque esta sentencia sienta jurisprudencia. Pero, aclaran, no es inamovible, ya que “esta doctrina podría modificarse si otro asunto parecido llega al Pleno, aunque no suele suceder con temas tan técnicos como éste”, en palabras de José Ruiz Gallardón, socio de Ruiz Gallardón Abogados, experto consultado por este medio. Con las cláusulas se recurrió a Europa y su postura fue contradecir al Supremo.

Sin embargo, la asociación de consumidores bancarios ADICAE ha anunciado que va a recurrir a Europa, según publica 20 Minutos, y se aferran al precedente de las cláusulas suelo. Aunque para reclamar, ha explicado su portavoz, Fernando Herrero, esperarán a conocer el contenido íntegro de la sentencia, que estará disponible en unos días. La intención de ADICAE es seguir peleando tanto “en España y en Europa”.

La otra pregunta es qué pasa mientras se recurre al Constitucional. La respuesta es sencilla, todo seguirá igual y será el hipotecado el que pague el impuesto, al menos hasta que se apruebe y entre en vigor el cambio de ley anunciado por Pedro Sánchez.

Por su parte, el presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, ha comparecido esta misma mañana ante los medios para explicar que la intención del Ejecutivo es modificar la actual ley hipotecaria de manera que sean los bancos quienes paguen este impuesto.

De todas formas, si se aprueba la ley de Sánchez, no tendría carácter retroactivo, sino para las hipotecas que se firmen una vez que se aprobase esa modificación. Es decir: si ya has comprado un piso en los últimos años, no te van a devolver ese dinero. Si estás pensando en comprar, puede que te beneficies en el futuro aunque, de una u otra manera, muchos son los que temen que, de alguna u otra manera, los bancos terminarán repercutiendo ese impuesto en sus clientes.