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¿Comprás dólares?: qué impuestos se aplican y cómo podés recuperarlos

En los últimos años, el cepo cambiario se fue cerrando y complejizando más, a través de impuestos y pagos a cuenta para intentar encarecer el valor del dólar, sin provocar una devaluación del tipo de cambio oficial.

De esta manera, se fue generando una maraña de cotizaciones diferentes que hoy tienen distintos nombres, según cuándo se aplican y los valores que tienen.

Los impuestos sobre el dólar

En la actualidad, las operaciones con dólares tienen tres tipos de recargos impositivos:

- El impuesto PAIS. Del 30% en general y del 8% para los servicios (como Netflix) que ya tenían el 21% del Impuesto al Valor Agregado (IVA). Fue establecido en diciembre de 2019 por ley del Congreso. Al ser un tributo y, como tal, no se recupera ni se devuelve.

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- La percepción del 45% a cuenta del Impuesto las Ganancias y de Bienes Personales. Establecido por la Resolución General 4815 (y modificatorias) de la Administración Federal de Ingresos Públicos (Afip). Este cargo no es un impuesto, pero actúa, en parte, como si lo fuera porque recién se puede recuperar al año siguiente sin actualización por inflación.

El porcentaje fue cambiando a lo largo del tiempo. La última modificación fue el 24 de julio último, cuando la compra de los U$S 200 de dólar ahorro (para quienes estaban habilitados) pasó de tener una percepción del 35% al 45%. Así, se la equiparó con el recargo que se aplica a todas las demás operaciones con dólares (pagos con tarjeta, compras de viajes, servicios y otros).

Los impuestos al dólar son parte del cepo y encarecen al acceso a la divisa para el ahorrista.
Los impuestos al dólar son parte del cepo y encarecen al acceso a la divisa para el ahorrista.

Los impuestos al dólar son parte del cepo y encarecen al acceso a la divisa para el ahorrista.

- La percepción del 25% a cuenta de Bienes Personales, prevista en la Resolución General 5272. Este porcentaje se computa sobre los consumos con tarjeta de débito y crédito que superen los U$S 300 por persona por mes, y para la compra de viajes y servicios turísticos al exterior, sin monto mínimo.

Distintos tipos de dólar en la Argentina

Con la aplicación de los recargos surgieron diferentes tipos de cotizaciones del "billete verde" al que pueden acceder las personas. Entre otras, se pueden nombrar las siguientes:

  • Dólar oficial. Es el tipo de cambio que publican los bancos y casas de cambio, pero sólo sirve como referencia. Cotización promedio al 1 de agosto (según el Banco Central): $289,16.

  • Dólar ahorro. Se pueden comprar hasta u$s200 por mes, sólo para las personas habilitadas (con ingresos suficientes, sin subsidios energéticos, que no cobraron ATP ni refinanciaron deudas, entre otros casos). Se aplica el dólar oficial más el 75% (30% del impuesto PAIS y el 45% de percepción): $503,86.

  • Dólar "Netflix". Es el que se usa para pagar servicios al exterior como Netflix, Amazon, Spotify, software y similares. Al dólar oficial se le suma el 21% de IVA, más el 8% del impuesto PAIS y el 45% de percepción.

  • Dólar tarjeta. Se toma para gastos en dólares con tarjeta de débito y crédito, realizados en el país o en el exterior. Si es menor a u$s300, es igual al dólar ahorro: $503,13.

  • Dólar Qatar (o dólar turista). Se aplica a consumos con tarjeta superiores a u$s300 por mes y al pago de viajes y servicios turísticos al exterior de agencias de viajes, aerolíneas y otras empresas de transporte, sin mínimo. Al dólar oficial se le suma el 100% (30% del impuesto PAIS más las dos percepciones del 45% y 25%): $ 575,84.

Además, fuera del mercado cambiario se pueden encontrar estas cotizaciones:

  • Dólar blue. Es el que se vende en el mercado informal. Ronda los $560.

  • Dólar MEP (o dólar Bolsa). Es un tipo de cambio implícito que surge de la compraventa de títulos en dólares que cotizan en pesos. Si la operación termina en una cuenta bancaria de Argentina, es dólar MEP. Si termina en una cuenta del exterior, se denomina contado con liquidación (CCL).

Dólar: en el mercado argentino conviven, de manera oficial y paralela, distintos tipos de cambio.
Dólar: en el mercado argentino conviven, de manera oficial y paralela, distintos tipos de cambio.

Dólar: en el mercado argentino conviven, de manera oficial y paralela, distintos tipos de cambio.

Cómo recuperar los recargos sobre el dólar

Las dos percepciones que se toman a cuenta de impuestos se pueden recuperar al año siguiente, pero son trámites diferentes que dependen de la situación tributaria de cada persona. Hay tres casos diferentes:

  1. Empleados o jubilados que tienen retenciones del Impuesto a las Ganancias por recibo de sueldo.

  2. Contribuyentes de Ganancias (autónomos) o Bienes Personales, que pagan por declaración jurada.

  3. Personas que no tributan ni Ganancias ni Bienes Personales.

Cómo recuperar las percepciones del recibo de sueldo

En el caso 1, de quienes tienen descuentos de Ganancias por recibo de sueldo, la forma de recuperar las percepciones sobre el dólar es cargándolas en la herramienta Siradig Trabajador.

Se debe ingresar con clave fiscal a la página web de AFIP, entre el 1 de enero y el 31 de marzo del año siguiente. Luego, el empleador incorpora estos datos en la liquidación anual de Ganancias, que realiza con el sueldo de abril.

Algo a tener en cuenta es que de esta manera sólo se reintegra hasta el monto pagado por el Impuesto a las Ganancias por recibo de sueldo el año anterior. Si queda un saldo, hay que realizar otro trámite.

Solamente se puede pedir de esta manera el 45% a cuenta de Ganancias; la otra percepción del 25% sólo es a cuenta de Bienes Personales y se debe utilizar el procedimiento para el caso 3, de personas que no son contribuyentes del impuesto.

Mediante la página de AFIP se pueden realizar trámites para obtener devoluciones por la compra de dólar.
Mediante la página de AFIP se pueden realizar trámites para obtener devoluciones por la compra de dólar.

Mediante la página de AFIP se pueden realizar trámites para obtener devoluciones por la compra de dólar.

Contribuyentes que pagan los impuestos

Quienes tienen que presentar la declaración jurada anual de Ganancias o de Bienes Personales (vence en junio del año siguiente), deben incluir las percepciones en esta presentación, en ese orden.

Por ser un pago a cuenta, las percepciones se descuentan directamente del impuesto a pagar. Si queda un saldo a favor de Ganancias, se incluye en la declaración de Bienes Personales y si sigue quedando un remanente, se debe pedir con otro trámite diferente.

Recuperar las percepciones sobre el dólar para los no contribuyentes

Aquellas personas que no están en los casos anteriores (incluidas quienes pagan Ganancias por recibo de sueldo y quieren pedir el 25% a cuenta de Bienes Personales), tienen habilitada una herramienta especial llamada "Devolución de Percepciones".

El trámite se realiza con clave fiscal, en el sitio web de AFIP, a partir del 1 de enero del año siguiente. En este caso, se aplica un interés (es bastante bajo) a partir del momento de la presentación.

¿Cuándo se devuelve? Es dispar. En 2021 y 2022, la AFIP reintegró el dinero en la cuenta bancaria declarada a partir de octubre. Pero en 2023, hubo algunas personas que obtuvieron la devolución en menos de un mes mientras que otras todavía están esperando. En estos casos, los estados figuran "sujetos a fiscalización".