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La Corte falló en contra de Uñac: por qué no podrá ser candidato a gobernador en San Juan

La Corte Suprema de Justicia determinó que el gobernador de San Juan, Sergio Uñac, no puede competir por la re-reelección en la provincia.

De esta forma, el máximo tribunal del país hizo lugar a impugnación que había sido presentada por la oposición, por la que también había suspendido las elecciones provinciales semanas atrás.

La decisión del máximo tribunal contó con los votos de Horacio Rosatti, Juan Carlos Maqueda y Carlos Rosenkrantz en forma concurrente. No votó Ricardo Lorenzetti, ya que no había intervenido en la cautelar que suspendió las elecciones.

La Corte Suprema falló en contra de Uñac: el argumento

El fallo en cuestión destaca que es la propia demandada, es decir la provincia de San Juan, la que afirma que la candidatura de Uñac para un nuevo mandato a gobernador sólo puede fundarse en una interpretación del artículo 175 de la Constitución provincial, el cual señala que el límite de tres mandatos consecutivos rige exclusivamente para el mismo cargo.

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Esta postura, según sostienen en su voto Rosatti y Maqueda, está en franca contraposición con "la pauta republicana consagrada en el artículo 5 de la Constitución Nacional" que ya fue mencionada en el precedente de "Río Negro". Esto implicaría que Uñac podría desempeñarse -según el voto de Rosatti y Maqueda- cumplir funciones como gobernador y vicegobernador de manera consecutiva e indefinida.

"Así, una persona podría ejercer el mismo cargo durante uno, dos o tres mandatos consecutivos e inmediatamente después desempeñar el otro cargo del binomio también por uno, dos, o tres mandatos consecutivos, repitiendo el ciclo de manera indefinida."

Los miembros de la Corte Suprema
Los miembros de la Corte Suprema

Los miembros de la Corte Suprema postergaron, en primera instancia, las elecciones en San Juan y Tucumán.

Uñac acusó a la Corte de querer "destruir su proyecto político"

El gobernador de San Juan, Sergio Uñac, le pidió a la Corte Suprema que "se expida rápidamente" sobre la constitucionalidad de su candidatura y anticipó que acatará "lo que la Justicia disponga".

En un extenso hilo de Twitter titulado "Por el bien de las instituciones y los sanjuaninos", el mandatario provincial cuestionó: "La misma Corte Suprema que suspendió parcialmente los comicios en San Juan a 48 horas del comienzo de la veda electoral, ahora se toma semanas para expedirse sobre la cuestión de fondo".

El posteo de Uñac se produjo a 24 horas de que el Procurador General, Eduardo Casal, consideró que no corresponde que el mandatario provincial se postule a un nuevo mandato porque eso violaría los límites que impone la Constitución de San Juan.

"La misma Procuración General de la Nación que hace poco más de un mes había subrayado la no competencia de esa Corte Suprema para definir mi candidatura, ahora sorprendente e intempestivamente opina en contra de mi postulación, argumentando inconstitucionalidad", apuntó.

En esa línea, el gobernador manifestó: "Por respeto a los sanjuaninos, vuelvo a hacer público mi pedido a la Corte Suprema de Justicia para que se expida rápidamente y clarifique la situación". Y sentenció: "Pueden evitar que se elija democráticamente a un candidato, pero no podrán destruir un proyecto político elegido y ratificado por los sanjuaninos y sanjuaninas el último 14 de mayo".

Días antes del dictamen difundido hoy, el procurador general de la Nación, Eduardo Casal, determinó que Uñac no podría ser candidato en un dictamen ante el máximo tribunal.

Para el procurador general, Eduardo Casal
Para el procurador general, Eduardo Casal

Para el procurador general, Uñac no puede presentarse a un nuevo período por sus anteriores gestiones como vice.

"En el mecanismo de alternancia fijado por el constituyente local, si un ciudadano fue electo como gobernador o vicegobernador y luego reelegido inmediatamente para cualquiera de esos cargos, sólo podrá aspirar a una tercera y última reelección consecutiva adicional con la intención de desempeñarse en una de esas dos posiciones", subrayó Casal.

El dictamen, de 22 páginas, estableció como tope "la acumulación de los tres períodos, el ejercicio ininterrumpido de doce años en esos cargos de gobernador y vicegobernador de la provincia".