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ABC de la iniciativa de la Ley general de protección civil: Corrupción en desastres naturales empuja cambios en la materia

ABC de la iniciativa de la Ley general de protección civil: Corrupción en desastres naturales empuja cambios en la materia

La Cámara de Diputados recibió el “Proyecto de decreto por el que se expide la Ley General de Protección Civil y Gestión del Riesgo de Desastres”, una iniciativa del presidente Andrés Manuel López obrador que propone sustituir los mecanismos de financiamiento previstos en la Ley del 2012.

De acuerdo con la iniciativa enviada por el Ejecutivo Federal, en lugar del Fondo de Desastres Naturales, los fondos de ayuda federal y los fondos de protección civil de las entidades federativas, se prevé la existencia de instrumentos presupuestarios de carácter federal.

Asimismo, los estados y municipios deberán prever recursos para atender a la población en situación de emergencia y, en su caso, la infraestructura pública afectada; por lo que cada uno está obligado a emitir su instrumento jurídico.

“Los gobiernos de las entidades federativas, municipios y demarcaciones territoriales deberán contratar seguros e instrumentos de administración y transferencia de riesgo de desastre para la cobertura de daños causados por un fenómeno natural”, indica el documento.

Acusan de corrupción en Fonden

Desde su creación en 1999, el Fideicomiso Fondo de Desastres Naturales (Fonden) fue el encargado de entregar recursos a las entidades federativas y dependencias que solicitaban la emisión de declaratorias de emergencia o desastre, al mostrar que la magnitud de los daños sobrepasaba sus capacidades financieras.

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En este sentido, el documento de iniciativa expone que, de 1999 al 2023, se emitieron 746 declaratorias de desastre natural y 1,314 de emergencia. Por sexenio, se distribuyen de la siguiente manera:

Sexenio

Declaratorias

Variación contra sexenio anterior

2001 a 2006

425

-

2007 a 2012

561

32%

2013 a 2018

754

77%

2019 a 2023

246

-

Comparado sexenalmente, del periodo 2001-2006 al 2007-2012, hubo un incremento de 333% en los montos asignados a las declaratorias, el gasto pasó de 18,808 millones de pesos a 81,517 millones de pesos.

En este sentido, el documento asevera que en sus 24 años de operación, el Fonden destacó por “su administración discrecional y su opacidad, pues estuvo sujeto a escasos controles”.

“Los daños causados por diversos fenómenos naturales en el país fueron utilizados en múltiples ocasiones como pretexto para obtener recursos cuyo destino no fue acreditado”, indica el texto.

Uno de los casos mencionados ocurrió después de los huracanes “Ingrid” y “Manuel”, en donde la Auditoría Superior de la Federación (ASF) detectó que, en el 2014, la Sedatu autorizó la erogación de 40 millones de pesos para la adquisición de terrenos para reubicar a la población afectada, pero sólo se ejercieron 12 millones de pesos sin justificar la transacción, los beneficiarios o los estudios para la evaluación de gastos.

El nuevo papel del Gobierno

Con base en lo anterior, la nueva Ley sustituye las “Declaratorias de Emergencia y Desastre” y, en su lugar, se crean los “Acuerdos por el que se Establece una Situación de Emergencia” y por el cual se “Establece una Situación de Desastre”.

Sólo mediante esta figura, la Secretaría de Hacienda y Crédito público (SHCP), por conducto de la Coordinación Nacional, reconocerá la presencia de una amenaza natural en determinado municipio o demarcación, cuyos daños rebasan la capacidad financiera y operativa local, para poder dar acceso a los recursos presupuestarios federales:

“Al establecer nuevas directrices para el acceso a los recursos presupuestarios se pretende garantizar que las entidades federativas, municipios o demarcaciones territoriales prevean en sus finanzas la atención del riesgo de desastres, y en caso de que sus recursos resulten insuficientes, puedan solicitar el apoyo a la Federación a través de los Acuerdos citados”.

Consideraciones por uso de suelo

Además de los cambios en los instrumentos de financiamiento, la legislación determina que los servidores públicos que autorice la modificación de uso de suelo en zonas de alto riesgo o permitan construcciones en las mismas, les serán aplicables las sanciones administrativas correspondientes a faltas graves, de acuerdo con la Ley general de Responsabilidades Administrativas, además de las civiles y penales aplicables.

Por otra parte, cuando el Consejo Nacional de Protección Civil (CNPC) tenga conocimiento de que existe alguna amenaza natural sobre asentamientos humanos o poblaciones, se solicitará a la dependencia de la Administración Pública federal competente su inmediata recuperación administrativa.