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Pedaleando por un voto: el plan Massa para sacarle miles de repartidores de PedidosYa y Rappi a Javier Milei

Los ministerios de Economía y Trabajo anunciaron que preparan un proyecto de ley para encuadrar legalmente a los prestadores de servicios de entrega de productos que trabajan para apps de delivery. En tanto, los sindicatos se aferran a que se debe utilizar la figura de la relación laboral tradicional.

Así, se buscará regular a los ciclistas de PedidosYa y Rappi. Esta última enfrenta una multa millonaria por imponer cargos a usuarios sin informarlo previamente al pago.

Rappi y PedidosYa: el proyecto oficial para regularlas

Desde el equipo de la ministra de Trabajo, Kelly Olmos, afirman a iProUP "se está trabajando para mejorar los derechos de los trabajadores de apps de delivery".

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Olmos precisa que "se reconoce que hay algunos que se desempeñan como dependientes de acuerdo a la Ley de Contrato de Trabajo, pero otros que están relacionados con las apps de forma independiente, a los que se busca otorgarles más derechos".

El senador Daniel Lovera (FdT), confí aa iProUP que "el proyecto que presentará el Gobierno incluirá una salvedad que llevará alivio a los accionistas de esas compañías: les permitirá optar por pasar a sus trabajadores a una relación de dependencia propia de la Ley de Contrato de Trabajo vigente o bien, mantenerlos como independientes".

Desde la empresa señalan a Rappi confirman a este medio: "Venimos dialogando con los espacios para que a la hora de regular se considere la voz de los actores involucrados".

Cuál es el panorama de los trabajadores de apps de delivery

La CGT calcula que hay más de 100.000 repartidores en el país y que solo en la provincia de Buenos Aires están radicados más de la mitad. Pero el número puede ser mucho mayor, ya que el Centro de Estudios Metropolitanos (CEM) calcula que hay más de 160.000 a nivel nacional.

Olmos y Sergio Massa avanzan en un paquete de medidas para trabajadores inscriptos como independientes. El tigrense se había hecho cargo de la deuda del Estado con ese sector días después de las PASO, cuando proliferaron imágenes de repartidores con mochilas térmicas en el búnker del candidato de La Libertad Avanza, Javier Milei.

El proyecto que encargó el Gobierno hace tres años y quedó cajoneado anticipa algunas de las claves de la nueva iniciativa:

  • Sueldo: un componente del salario mínimo y otro variable según cantidad de entregas, tiempo de espera. Incluye aguinaldo

  • Salud: destinar cada mes el pago de tres jornales a un fondo a nombre del repartidor, que se usará en caso de enfermedad y podrá retirar a fin de año si no lo usó

  • Despido: indemnización compuesta por un sueldo promedio (últimos seis meses) por año trabajado

  • Extras: 10% si reparte durante la lluvia y 20% si los elementos de trabajo son del ciclista

  • Régimen disciplinario: el mensajero no podrá rechazar servicios y queda desvinculado por "justa causa" si no trabaja durante 30 días

  • Recibo de sueldo: cada mes se enviará un comprobante digital y las empresas realizarán el alta temprana en AFIP

  • Vacaciones: un día cada 15 trabajados. No se contemplan licencias porque el repartidor decide los horarios

Además, las compañías deberán contratar una ART y los repartidores conservan el derecho a sindicalización y huelga.

Rappi, PedidosYa: la discusión sobre los repartidores

Lucas Tamagno, abogado del estudio Allende & Brea, asegura a iProUP que "nos encontramos frente a situaciones 'grises', en las que el encuadramiento se escapa al ejercicio habitual de evaluar la subordinación técnica, jurídica y económica, ante el avance de las tecnologías que nos hace pensar en la necesidad también de evaluar nuevas figuras".

"Argentina hoy se centra en la discusión sobre si quien presta un servicio es autónomo (o independiente) o una persona que desarrolla sus tareas bajo el marco de una subordinación laboral", resalta.

Además de las denuncias laborales, Rappi enfrenta una multa millonaria en provincia de Buenos Aires por cobrar una tarifa de servicio
Además de las denuncias laborales, Rappi enfrenta una multa millonaria en provincia de Buenos Aires por cobrar una tarifa de servicio

Además de las denuncias laborales, Rappi enfrenta una multa millonaria en provincia de Buenos Aires por cobrar una tarifa de servicio "compulsiva"

Para los gremios, "las relaciones laborales no necesitan regulación, ya están alcanzadas por la Ley de Contrato de Trabajo que reconoce nuestros derechos", aseguran a iProUP desde la Asociación Sindical de Motociclistas Mensajeros y Servicios.

Lovera afirma: "Se debe combatir la precarización laboral, nunca tratar de institucionalizarla. Reconocerlos como independientes significa no tener un límite horario, jornada mínima de descanso, obra social, seguro de accidentes de trabajo, derecho a las asignaciones familiares ni una jubilación según sus aportes, sino a la mínima por el Monotributo".

"Es indispensable que se los considere lo que son: empleados en relación de dependencia con los derechos y obligaciones que esto supone. Negar esto es precarizar una situación laboral que agrupa a más de 160.000 personas y hacer que las ganancias de las plataformas se disparen por no tener una regulación eficiente", remarca.

Después de varias medidas cautelares a favor de "blanquear" a los ciclistas, el Ministerio de Trabajo bonaerense, que conduce Walter Correa, dispuso un sistema de multas para las empresas que no tengan registrados a sus trabajadores y de denuncias judiciales.

Tamagno asegura: "Se suele analizar si estamos frente a un empresario o a un trabajador, utilizándose siempre la existencia de una estructura empresaria propia en cabeza de quien presta el servicio para decidir el carácter del vínculo".

"En el caso aparecen una serie de otros elementos que nos alejan de este esquema", precisa el letrado, quien enumera:

  • Al monto que perciben en forma quincenal, los prestadores deben descontar los gastos originados por el trabajo, como factura telefónica, gastos de combustible y mantenimiento del rodado. Esto nos aleja del carácter laboral de la relación, ya que son personas que asumen gastos y riesgos que no asume ningún trabajador en relación de dependencia y, cuando lo hace, le son reintegrados en concepto de viáticos

  • También desvirtúa la presunción de relación laboral que la prestación de servicios no se da por un determinado período de tiempo, no se fijan horarios mínimos ni se determinan jornadas, sino que el prestador decide en qué momentos trabaja y con qué frecuencia

  • En muchos casos no existe una obligación de exclusividad, pudiendo prestar servicios para diferentes plataformas que compiten entre sí, lo que en el marco de una relación laboral se presentaría como un supuesto de violación del principio de "no concurrencia"

  • La modalidad con la que prestan los servicios genera dudas al momento del encuadramiento, ya que la subordinación jurídica aparece diluida, toda vez que si el prestador del servicio no se conecta a la plataforma no tiene ningún tipo de contacto ni pueden obligarlo a tenerlo. Así, no se observa con claridad la calidad de dependiente

Massa se refirió a los repartidores tras las PASO, cuando se vieron imágenes de repartidores en el búnker de Milei
Massa se refirió a los repartidores tras las PASO, cuando se vieron imágenes de repartidores en el búnker de Milei

Massa se refirió a los repartidores tras las PASO, cuando se vieron imágenes de repartidores en el búnker de Milei

Sin embargo, remarca que las plataformas establecen la modalidad a la que se deben sujetar sus colaboradores, pudiendo incluso reducir la posibilidad de prestar el servicio cuando existieran quejas de los usuarios-clientes, que puede traducirse en el ejercicio del poder de dirección y organización y considerarse relación de dependencia.

Según Tamagno, "no nos encontramos frente a una clara relación laboral, existiendo incluso la postura que sostiene que se trata de a una subordinación atenuada".

"Una respuesta puede ser la creación de una figura similar a la del 'Trabajador Autónomo' que posee España, que es alguien que dedica su actividad a la producción de bienes y servicios sin estar ligado por un contrato de trabajo. El autónomo no es ni trabajador por cuenta ajena ni empresario, sino el empresario de su propio trabajo", concluye.