Cada país tiene sus propias reglas sobre qué se necesita para que un menor viaje al exterior cuando no esté acompañado por sus dos progenitores. La finalidad es evitar los secuestros internacionales de niños, niñas y adolescentes que pueden darse, incluso, por parte de uno de sus padres.
Debido a que las legislaciones nacionales son muy variadas, en este artículo veremos cuáles son los requisitos básicos en los países latinoamericanos, España y Estados Unidos.
Cabe resaltar que los casos de los que trata este artículo se refieren siempre a menores nacionales de cada uno de los países y que residen en el país, no en el extranjero. Además, sus dos padres están vivos y ambos tienen la custodia del menor.
En los casos de hijos legitimados por sólo uno de los padres, o que sólo uno tiene la custodia o que uno de los padres ha fallecido no es necesario contar con ningún permiso adicional, pero sí que puede ser necesario acreditar esas circunstancias.
Argentina
Se necesita autorización del progenitor que no viaja. Dependiendo del lugar de residencia habitual del menor, ese permiso puede otorgarse ante un escribano público o la autoridad competente.
Además, en Ezeiza y en el Aeroparque se tramitan sin turno las 24 horas del día. En los pasos fronterizos terrestres y en el buquebús, en sus horarios de apertura.
Bolivia
Ambos padres deben estar presentes en el organismo competente para otorgar la autorización. Puede ser una Corte o un consulado, si están en el exterior.
Deben presentar sus carnets o pasaportes así como los del menor, que no necesita estar presente. Del niño, niña o adolescente también se presenta su certificado de nacimiento o su inclusión en el libro de familia.
También deben llevar tres fotos tipo carnet y fotocopias de la documentación original.
Chile
El progenitor que no viaja debe autorizar por escrito la salida mediante un documento que debe legalizarse. El original se entrega en el momento de salir del país a las autoridades policiales y sólo tiene validez para un viaje.
Colombia
Para que un menor salga de Colombia acompañado por sólo uno de sus padres se necesita un permiso del otro debidamente diligenciado y notariado. Sin embargo, en aplicación de la Ley 2097 de 2021 ya no será necesario este permiso si dicho progenitor no cumple con sus obligaciones de pago de alimentos al menor.
Costa Rica
El progenitor que no viaja debe autorizar ante una oficina del Patronato Nacional de la Infancia y debe remitirse una copia a la Dirección General de Migraciones y Extranjería.
Cuba
Se requiere el consentimiento de ambos padres, pero según la Instrucción 279 del Consejo de Gobierno del Tribunal Supremo Popular, si no fuera posible o si no hubiera acuerdo entre los progenitores, estaría abierta la vía de los tribunales para obtener el permiso.
Ecuador
Se necesita autorización del progenitor que no viaja otorgada ante un juez, notario o, en el caso de residir en el exterior, un cónsul. Dicho permiso es válido sólo para un viaje. Se recomienda tener comprados los boletos porque se debe especificar adónde se viaja y por cuánto tiempo.
El Salvador
El progenitor que no viaja debe otorgar su autorización ante notario. Existen modelos gratuitos sobre la información que deben contener dichos permisos. Entre otros datos, se necesita la Relación de Certificación de la partida de nacimiento del menor que va a viajar.
España
No es necesaria autorización si el menor viaja en compañía de uno de sus padres.
Estados Unidos
La ley dice que el progenitor que no viaja debe otorgar autorización ante notario especificando quién es, identificar a su hijo y al otro progenitor, el viaje y su duración.
En la práctica es muy raro que en los puntos de salida del país se requiera ver esa documentación.
Guatemala
El padre o la madre que acompaña al menor en su viaje debe llevar consigo una carta poder otorgada por el otro progenitor. Si no se encuentra en Guatemala, debe dar el poder ante el consulado guatemalteco más cercano a su lugar de residencia.
Honduras
Se deberá obtener el permiso de ambos padres, tener su firma autenticada y acudir a las oficinas de Migración y Extranjería mientras el hijo o hija sean menores de 21 años de edad.
Para autorizar la salida del país de un menor acompañado por sólo uno de sus progenitores se necesita comprar un formulario en una delegación de la Dirección General de Migración y Extranjería y otorgar un poder notariado.
Panamá
Se permitirá la salida del menor panameño o residente en Panamá si está acompañado de uno de sus padres, según la Ley 33 de 2008.
Perú
Ambos padres necesitan acudir a una notaría y obtener una autorización de viaje notarial. Si no hubiera acuerdo entre los progenitores, se puede obtener una autorización de viaje judicial en un Juzgado de Familia.
República Dominicana
El progenitor que no viaja debe otorgar un poder notarial que tiene que legalizarse ante la Procuraduría General de la República y posteriormente ingresar online a la Dirección General de Migración para escanear ese y otros documentos que deben estar escaneados en formato jpeg. Elegir la opción Permiso de menor.
Uruguay
No se necesita ningún trámite
Venezuela
El necesita otorgar un permiso de viaje por parte del padre que no viaja. Puede ser tramitado ante un Consejo de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes o en una Notaría.
Como puede verse por este artículo, cada país tiene su propia normativa. Cabe resaltar que en los casos en los que se pide autorización otorgada ante notario y uno de los progenitores vive en el Exterior se puede cumplir con esta obligación solicitando una cita al consulado nacional con jurisdicción en el lugar de residencia.
Finalmente, cuando no hay acuerdo entre los padres para otorgar permiso para viajar al exterior, la opción de acudir a un juzgado de familia está presente en todos los países.
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