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Cementos Argos confirmó detalles y fecha para conversión de acciones preferenciales a ordinarias

Cementos Argos y conversión de acciones/Archivo Argos.
Cementos Argos y conversión de acciones/Archivo Argos.

Cementos Argos anunció hoy nuevos detalles sobre la conversión de acciones con dividendo preferencial y sin derecho a voto (“ADPs”) en acciones ordinarias (“AOs”) de la compañía.

Así, confirmó que a partir de mañana 18 de abril de 2024 se dará inicio al periodo de recepción de notificaciones de no conversión (tal y como dicho término se define más adelante).

En atención a lo establecido en la Guía Informativa, Cementos Argos aclaró lo siguiente:

Destacado: Aprueban conversión de acciones de Cementos Argos de preferenciales a ordinarias

1.      Que, aprobada la conversión por la Asamblea de Accionistas y autorizada por la Superfinanciera de Colombia, cada accionista convertirá automáticamente todas sus ADPs en AOs en la fecha de conversión.

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2.      Que, el accionista que no desee convertir sus ADPs en AOs, tendrá la opción de no convertirlas, para lo cual deberá enviar al email conversion@argos.com.co, el formato de notificación de no conversión de ADPs en AOs de la compañía entre el 18 de abril de 2024 a las 8:00 a.m. y el 2 de mayo de 2024 a las 5:00 p.m.

Cualquier notificación de no conversión que sea entregada por fuera de este periodo se entenderá no entregada. De la misma manera, las notificaciones de no conversión que se entreguen incompletas o que sean ininteligibles total o parcialmente o se dirijan a una dirección de correo distinta a la enunciada, se tendrán por no presentadas y, en consecuencia, no producirán efecto jurídico alguno y no se les dará trámite.

3.      Que, como quiera que el proyecto de conversión no contempla conversiones parciales y que la conversión solo podrá realizarse bajo la condición “todo o nada”, el accionista que no entregue la notificación debidamente diligenciada, entiende que la totalidad de sus ADPs se convertirán en AOs y el accionista que entregue la notificación de no conversión acepta que no convertirá ninguna de sus ADPs en AOs.

4.      La notificación de no conversión será irrevocable y estará sujeta a la condición resolutoria consistente en que las ADPs de las que sea titular el accionista que suscribe la notificación de no conversión, sean enajenadas a cualquier título antes de la fecha de conversión. En consecuencia, si un accionista titular de ADPs entrega una notificación de no conversión y posteriormente enajena total o parcialmente sus ADPs, esta no surtirá ningún efecto en relación con las acciones que se hayan enajenado.

5.      La conversión de las ADPs con limitaciones al dominio estará sujeta a la obtención de la autorización previa de la autoridad que ordenó la medida o del acreedor prendario, según corresponda.

6.      La conversión se llevará a cabo el viernes siguiente a la finalización del Período de Recepción de Notificaciones de No Conversión, esto es el 3 de mayo de 2024. Para efectos de claridad, la conversión se realizará al cierre del día de la fecha de conversión.

En el sitio web https://ir.argos.co/sprint/ se encuentra disponible la Guía Informativa que contiene las reglas de la conversión, el formato de la Notificación de No Conversión y un instructivo para el diligenciamiento de Notificación de No Conversión.