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Distorsiones: por qué y cuánto aumenta este año la presión impositiva por Ganancias y con qué salarios se tributaría si hubiera actualización

Impuesto a las ganancias
El impuesto a las ganancias tuvo una actualización en enero último, desde entonces, el índice que se usa para el reajuste avanzó un 25,29%

Si el piso salarial para comenzar a pagar Ganancias se actualizara al día de hoy, según el índice que ordena usar la ley para los reajustes periódicos, su valor sería de $506.249. La cifra es un 25,29% superior a la remuneración a partir de la cual se tributa ahora, que es de $404.062 en bruto (equivale a un salario de $335.371 neto de aportes a la seguridad social).

Dicho de otra manera, frente al avance que tuvo el índice salarial que se toma de referencia para incrementar nominalmente las variables del tributo, el monto de ingresos que determina quiénes pagan y quiénes quedan al margen del gravamen está retrasado en $102.187. Y la cifra hoy vigente es el resultado de un reajuste que, además, ya había sido muy insuficiente frente al altísimo deterioro que sufrió el valor de los pesos el año pasado.

Además del salario más bajo para tributar, están desactualizadas otras variables que determinan cuánto se les descuenta a los asalariados o jubilados en concepto de la carga fiscal, o cuanto deben pagar los autónomos. De esta manera, se produce mes a mes un incremento de la presión impositiva para los trabajadores. El retraso en la actualización del esquema frente a una elevada inflación produce que, a igual o incluso a menor poder adquisitivo, el porcentaje efectivo del impuesto sea mayor.

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La base salarial para tributar de $404.062 está vigente desde enero de este año. Ese monto es el resultado de una actualización del 74,85% respecto de los valores de enero de 2022; una actualización hecha según lo que indica la ley y que quedó muy por debajo de la inflación, lo cual es distorsivo. El índice de precios avanzó en 2022, según el Indec, un 94,8% y solo en el primer trimestre de este año habría acumulado ya más de 21% (fue de 13,1% solo en el bimestre de enero y febrero, en tanto que para marzo -el dato oficial del Indec se conocerá el viernes próximo- se estima que fue de alrededor de 7%. Es decir, la actualización explicada en el primer párrafo no evitaría que, de todas maneras, se arrastre un fuerte retraso del esquema impositivo frente a la suba de precios, perjudicando los ingresos de los trabajadores.

El mecanismo de reajuste del esquema de Ganancias implica considerar la variación de la Remuneración Imponible Promedio de los Trabajadores Estables (Ripte). Una ley aprobada durante el gobierno anterior y que rige desde 2018 estableció el uso de ese indicador y dispuso que, para definir el porcentaje de actualización de cada año, se comparen los valores de los meses de octubre previos al mes de enero a partir del cual se aplicarán los nuevos valores. Para el reajuste de 2023, ese índice dio 78,85% (ese fue el crecimiento nominal del Ripte entre octubre de 2021 e igual mes de 2022).

Durante el año pasado hubo actualizaciones del salario más bajo alcanzado por el impuesto, pero los porcentajes aplicados fueron tomados a cuenta del reajuste que se efectivizó en el inicio de este año. Esos ajustes hechos durante el año, por otra parte, solo comprendieron al menor salario alcanzado y excluyeron otras variables, lo cual provocó distorsiones en el esquema e inequidades entre los trabajadores.

El índice de 25,29% surge de observar qué pasó en el indicador de las remuneraciones formales luego de octubre del año pasado (es decir, a partir del último dato que fue considerado para una actualización) y febrero último (la estadística de fecha más reciente que fue publicada oficialmente). Por tercer año consecutivo, el Poder Ejecutivo tiene facultades delegadas para elevar la base de imposición de Ganancias, pero por ahora no fue anunciado nada al respecto.

En los últimos tiempos, frente a la aceleración de la suba de precios, crecieron los reclamos respecto de que Ganancias debería actualizarse con mayor frecuencia. Según el contador César Litivin, por caso, el reajuste debería ser mensual, de manera de evitar el incremento real de la carga. En el período mencionado en el párrafo anterior (octubre a febrero) el aumento del Ripte (a tono con la inflación) fue entre 2022 y 2023 el más elevado, por lejos, desde que existe el mecanismo de actualización de Ganancias. Entre esos mismos meses, pero de 2021 y 2022, el aumento había sido de 15,25%, mientras que entre el décimo mes de 2020 y el segundo de 2021 fue de 11,64%. Entre 2017 y 2018 el índice dio, para igual período, 6,18%. La comparación es una muestra de cuánto se agravó la situación de la suba de precios.

Qué podría cambiar con los adicionales a los salarios

El retraso en las bases del impuesto es uno de los temas de diálogo de referentes de la CGT con el ministro de Economía, Sergio Massa, que el fin de semana hizo trascender un anuncio vinculado con el trato impositivo para ciertos ítems de los ingresos. Lo previsto no soluciona el retraso del esquema del tributo frente a una inflación que se muestra imparable. Entre otros motivos, porque la decisión, aún no oficializada (se entiende que sería una aclaración o interpretación de cuestiones ya establecidas por la ley), no abarcaría a todas las personas con ingresos gravados, y porque la medición de la capacidad contributiva hoy está distorsionada por la inflación, algo que afecta a todos, más allá de qué conceptos figuren en los recibos de salarios.

Los dirigentes sindicales le pidieron días atrás al ministro que emita una aclaración generalizada sobre los alcances de una liberación del impuesto para diferentes conceptos de pago incluidos en convenios. Esas aclaraciones se habían dado ya, por ejemplo, para los bancarios. En ese caso, la subsecretaria de Ingresos Públicos, Claudia Balestrini, dictaminó sobre cuatro ítems (bonos de productividad, fallo de caja, viáticos y gastos de movilidad y gratificación extraordinaria), y concluyó que deducir ciertos montos es lo que corresponde hacer, en función de lo que dice la ley.

Hasta ahora no se difundió ni un dictamen ni ninguna otra medida referida a lo que se dejó trascender: que no tributarían Ganancias los bonos por productividad, los fallos de caja y otros conceptos de similar naturaleza, además de los gastos de movilidad, viáticos y compensaciones análogas y las horas extras, adicionales por turno rotatorio. Como ya se indicó, esos conceptos están contemplados en la ley como exentos o deducibles hasta determinados montos topes.

“Las horas extras al 100% están eximidas desde 2017 y las restantes quedan alcanzadas por el impuesto sin que su cómputo implique un cambio de escala; en 2021 se eximieron los bonos por productividad, fallos de caja y conceptos similares hasta el 40% de la ganancia no imponible [por este año, eso equivale a $180.673,28]”, repasaron desde el Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la Ciudad de Buenos Aires, donde también recordaron que la ley de Presupuesto 2023 le dio un muy amplio y exclusivo beneficio en el ítem de movilidad y viáticos a los conductores de camiones [el límite deducible este año es altísimo en relación con lo que rige para otros trabajadores, de $2.258.415,95, y su aplicación está condicionada a que sean trabajadores del convenio 40, del dirigente Pablo Moyano].

Según el análisis que hacen en el Consejo (la institución que nuclea a los contadores en la Ciudad), si hay cambios “entendemos que deberían suspenderse las limitaciones [los topes] que rigen, quedando exentos en su totalidad”. Sin embargo, agregan, “los trascendidos refieren a un acuerdo entre el Ministerio de Economía y la CGT, por el cual la modificación no pasaría por el Congreso Nacional” (quitar los topes a las desgravaciones implicaría reformar la ley).

Si se desgravaran determinados conceptos solo para algunos trabajadores (los que estén dentro de convenios colectivos, por ejemplo), se generaría una discriminación con quienes son no convencionados y cobran ítems similares. Se darían situaciones en las que, a igual ingreso y justificado en las mismas razones, unos queden al margen de Ganancias y otros, en cambio, sigan tributando.