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El duro castigo que quieren aplicar a gremios y piqueteros que bloqueen empresas

El tema de los piquetes y cortes de calles genera debate en la sociedad y en los precandidatos presidenciales más aún en un año electoral, pero los bloqueos extorsivos provocan además consecuencias sobre la producción.

En este marco, el diputado del PRO-Tierra del Fuego, Héctor Stefani, presentó un proyecto en el que propone modificar el Código Penal y establecer penas de 2 a 4 años a quiénes impidan, estorben o entorpezcan el normal funcionamiento de una empresa, bloqueando el libre acceso y salida de personas y vehículos.

El proyecto establece además que, si esas acciones perjudicaran la relación laboral de otro trabajador, corresponderá una pena de prisión de 5 a 10 años.

En tanto, si esas acciones fueran instigadas por un representante gremial además de la pena privativa de libertad que le correspondiera, tendrá una inhabilitación especial por doble tiempo para ejercer su representación sindical.

Diputado del PRO criticó el uso de fuerza en los reclamos gremiales

Según el diputado del PRO, "en los últimos años se ha normalizado la apelación al uso de la fuerza y la intimidación para impedir el ejercicio y goce de derechos básicos y fundamentales consagrados en nuestra constitución como lo son el de trabajar y ejercer una industria licita".

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Entre el año 2021 y 2022, se registraron más de 40 episodios de violencia contra empresas que fueron denunciados en la justicia penal. La mayoría de las denuncias penales son contra los sindicatos por bloqueos, amenazas, extorsión o turbación de la posesión.

"Las empresas en nuestro país no solo tienen que lidiar con los altos niveles de inflación y con la alta carga impositiva asfixiante que impone el Estado, sino también con las intempestivas medidas de fuerza directas e ilegales, llamados "bloqueos" de las plantas", sostuvo el diputado del PRO.

Los denominados bloqueos de plantas están compuestos por conductas intimidatorias dirigidas no sólo a los dueños de las empresas, sino también a los empleados que quieren seguir prestando funciones laborales.

A su vez, en muchas ocasiones, este tipo actitudes son acompañadas por daños materiales y amenazas coactivas.

Esa situación se agrava, ya que no se les permite funcionar durante días o semanas, incluso, poniendo en peligro las fuentes de trabajo de los mismos empleados.

Incluso, en la mayoría de las ocasiones, los representantes sindicales sistemáticamente justifican este tipo de acciones señalando que se encuentran amparados por el derecho constitucional de huelga.

Para Stefani, "los "bloqueos de planta son la modalidad delictual de la huelga" y recordó que la jurisprudencia se ha pronunciado señalando: "El texto constitucional no justifica la comisión de todos los delitos comunes en el curso de los movimientos huelguísticos. El empleo de la fuerza en una huelga es incompatible con el respeto de los demás derechos constitucionales".

Lácteos Vidal fue una de las empresas que mayores problemas sufrió por el bloqueo de su planta hace unas semanas.
Lácteos Vidal fue una de las empresas que mayores problemas sufrió por el bloqueo de su planta hace unas semanas.

Durante cinco meses, en 2022, el SUTNA frenó la producción de neumáticos en Bridgestone y otras empresas.

"No sólo se están lesionando los derechos constitucionales de trabajar y ejercer la industria licita sino también un derecho fundamental en un ordenamiento democrático como lo es la libertad. Es por ello, que el principal garante de la libertad personal tiene que ser el Estado, por lo tanto, es fundamental dotarlo de herramientas legales a los fines de garantizar el orden y cumplimiento de los derechos consagrados en nuestra Carta Magna", afirmó el diputado del PRO.

Antecedentes de piquetes extorsivos

En agosto del año pasado, la planta de lácteos Vidal, en la localidad bonaerense de Moctezuma, en el centro norte de la provincia, fue bloqueada. A pesar de que es la única empresa instalada en el pueblo y que ocupa a 47 trabajadores, se registraron pedradas en la casa del encargado, se tajearon cubiertas de vehículos y hasta se persiguió a dos trabajadores que quisieron ingresar por la parte trasera de la planta. Fueron tres días de paralización hasta que el Ministerio dictó la conciliación obligatoria.

Como consecuencia de ese bloqueo, se paralizó la actividad de la empresa que trabaja 6 días a la semana y procesa más de 500 mil litros de leche para producir queso muzzarella, ricota y quesos duros.

También, en 2022, se realizaron bloqueos que impidieron el ingreso o egreso de camiones a las plantas fabriles, mediante la quema de neumáticos frente a las entradas. Entre las empresas afectadas por los bloqueos gremiales estuvieron Arcor, Mondelēz, Bimbo, Felfort, Quaker, Molinos, PepsiCo y Nestlé.

¿Qué dice el proyecto que busca castigar a gremios y piqueteros?

ARTÍCULO 1°.- Incorpórese el Artículo 158 bis al Código Penal de la República Argentina (ley 11.179), que quedará redactado de la siguiente forma:

"ARTÍCULO 158 bis. – Será reprimido con prisión de dos a cuatro años al que impida, estorbe, entorpezca el normal funcionamiento de un establecimiento comercial o industrial o de servicios, bloqueando por cualquier medio el libre acceso y salida de personas y vehículos de dichas empresas o de otras empresas. Si las acciones descriptas en el párrafo precedente tuviesen como finalidad perjudicar la continuidad o modalidades de una relación contractual o laboral de un tercero corresponderá una pena de prisión de cinco a diez años.

Si de las acciones descriptas en el primer párrafo participara, o fueren instigadas o promovidas por un representante gremial, además de la pena privativa de libertad que le correspondiere, tendrá una inhabilitación especial por doble tiempo para ejercer su representación sindical.